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¿Cómo se elegirá a los consejeros constituyentes?

Los 50 consejeros constituyentes se determinarán de acuerdo al sistema D'Hondt y bajo la paridad. Pero, ¿cómo funciona esto exactamente? Te lo contamos en esta nota.

24horas.cl

Facsímil de votación de la región Metropolitana

Viernes 5 de mayo de 2023

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Este domingo 7 de mayo los chilenos y chilenas deberán acudir a las urnas en el marco de las elecciones del Consejo Constitucional, en el marco del nuevo proceso constituyente que enfrenta nuestro país.

El Consejo Constitucional será el encargado de discutir y aprobar una propuesta de nueva Constitución, en base al anteproyecto que actualmente está redactando la Comisión Experta. Este órgano estará compuesto por 50 integrantes, pero la determinación de quiénes resulten electos podría no ser tan sencilla como parece.

Los futuros consejeros constitucionales serán electos bajo lo que se denomina método D'Hondt, un tipo de sistema proporcional que comenzó a aplicarse en Chile desde el 2017 y que vino en reemplazo del sistema binominal. Y, a esto, se le suma que la conformación del Consejo deberá ser paritaria.

¿Qué busca el sistema de D'Hondt? En palabras sencillas, este plantea asignar más escaños (o puestos) a los candidatos más votados de las listas más votadas. A continuación, desde 24horas.cl te explicamos todo en detalle:

Persona registrándose en una mesa de votación

¿Cómo se elegirán a los consejeros constitucionales?

Lo primero que debes tener en cuenta es que, actualmente, hay cinco listas inscritas:

  • Partido de la Gente
  • Todo Por Chile (PPD, PR y DC)
  • Partido Republicano
  • Unidad Para Chile (RD, CS, Comunes, PC, FRVS, PS, PL, AH)
  • Chile Seguro (compuesta por la UDI, RN y Evópoli)

Ahora, pongamos como ejemplo la región de Valparaíso, de la cual saldrán electos cinco consejeros constitucionales. Para efectos de este mismo ejemplo, supondremos que son cuatro las listas que se presentarán.

1. PRIMER PASO 

Lo primero que debe hacerse es contar los votos totales de cada lista, es decir, la suma de los votos de todos los candidatos:

  • Lista A obtiene 100 votos
  • Lista B obtiene 60 votos
  • Lista C obtiene 40 votos
  • Lista D obtiene 10 votos

2. SEGUNDO PASO

El total de votos de cada lista se debe dividir por el total de cargos a elegir, que, en este ejemplo, son los cinco escaños correspondientes a la región de Valparaíso

Lista A 100/1 100/2 100/3 100/4 100/5
Lista B 60/1 60/2 60/3 60/4 60/5
Lista C 40/1 40/2 40/3 40/4 40/5
Lista D 10/1 10/2 10/3 10/4 10/5

3. TERCER PASO

Posteriormente, el resultado de cada una de esas divisiones se ordena de mayor a menor, y los cinco puntajes más altos, serán quienes se queden con los cargos:

Lista A 100 50 33 25 20
Lista B 60 30 20 15 12
Lista C 40 20 13 10 8
Lista D 10 5 3 2 2

4. CUARTO PASO

Tras realizar la división, los valores más altos fueron 100, 60, 50, 40 y 33. Es decir, con este sistema, los cinco candidatos electos de la región de Valparaíso serían los siguientes:

  • Primer lugar: 100 (Lista A)
  • Segundo lugar: 60 (Lista B)
  • Tercer lugar: 50 (Lista A)
  • Cuarto lugar: 40 (Lista C)
  • Quinto lugar: 33 (Lista A)

En definitiva, la Lista A obtuvo tres cupos; la Lista B obtuvo un cupo; la Lista C obtuvo un cupo; y la Lista Dningún cupo (como se muestra en el cuadro anterior).

Pero, ¿qué pasa con la paridad?

El jueves de esta semana se publicó en el Diario Oficial la iniciativa parlamentaria que fija que deberá existir paridad de género en el Consejo Constitucional

La entidad deberá estar compuesta por 25 hombres25 mujeres. Si no se cumple este escenario tras las votaciones, se deberán realizar modificaciones en las listas para logar la paridad.

Votos electorales arriba de una mesa de votación.
De acuerdo a lo que quedó consignado en el artículo 144 de la Constitución, primero, se deberán ordenar las listas según los votos obtenidos a nivel nacional, de menor a mayor, y luego se revisará la circunscripción con menos votos de dicho pacto. El candidato electo menos votado del sexo sobrerrepresentado, será reemplazado por el candidato más votado del sexo subrepresentado del mismo pacto o lista.

Si no pudiese realizar el reemplazo un candidato de la misma lista, se reemplazará con el candidato más votado del sexo subrepresentado del mismo pacto electoral en la misma circunscripción. La legislación aclara que si no se puede hacer el reemplazo en la circunscripción menos votada de la lista, se continuará en las siguientes circunscripciones menos votadas.

Cabe señalar que no se realizarán modificaciones a las circunscripciones que inicialmente hayan obtenido la paridad.

De esa forma se debería proceder hasta que se logre la paridad general.

CONOCE A LOS CANDIDATOS A CONSEJEROS CONSTITUCIONALES EN NUESTRA PLATAFORMA:

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