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Por Plebiscito 2023: Comienza a regir la Ley Seca en Chile

A partir de las 05.00 horas de este domingo, se inicia la norma que prohíbe la compra e ingesta de alcohol en lugar públicos por la realización de la votación.

24 Horas

Domingo 17 de diciembre de 2023

Durante la mañana de este domingo, desde las 05.00 horas, comenzó a regir la Ley Seca dentro del marco del Plebiscito de salida para definir una eventual nueva Constitucional. 

Esto quiere decir que, la norma prohíbe la compra e ingesta de alcohol en lugares públicos y se mantiene vigente hasta dos horas después del cierre de las mesas de votación.

De esta manera, según el artículo 128 “Ley sobre votaciones y escrutinios” dice que: 

"Los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose solo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos".

Ley Seca comenzará a las 5:00 horas de la mañana y se extenderá hasta las 20:00 horas, puesto que el cierre de las mesas será a las 18:00 horas.

La ley añade que "la fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición".

Horarios para votar en el Plebiscito 2023

Las mesas de votación funcionarán desde las 08:00 hasta las 18:00 horas. Es importante mencionar que si a las 18:00 horas aún hay personas esperando en la fila para sufragar en su respectiva mesa, sí podrán hacerlo, ya que las mesas no podrán cerrar si es que hay electores presentes.

Plebiscito 2023: excusas válidas para no votar

Según detalla el Servel, el elector que no sufragare será penado con una multa a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales. Esto equivale a $32.108 y $192.648, respectivamente, según los valores de la UTM de diciembre.

Existen algunas excusas válidas si no puedes votar en el Plebiscito Constitucional 2023. Estas son:

  • Enfermedad
  • Ausencia del país
  • Encontrarse a más de 200 kilómetros de aquel en que se encontrare registrado su domicilio electoral
  • Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien apreciará la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica.