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Qué hago si estoy enfermo y no puedo votar en el plebiscito

Revisa el detalle de los documentos a presentar y qué debes hacer para evitar la multa.

24horas.cl

Domingo 4 de septiembre de 2022

Este domingo 4 de septiembre se desarrolla el histórico plebiscito por una nueva Constitución, para el cual están habilitados para sufragar más de 15 millones de chilenas y chilenos mediante el voto obligatorio

Sin embargo, si alguien amaneció enfermo o acarrea algún problema de salud hasta este domingo y no puede ir a sufragar, esto es lo que debe saber para evitar las multas.

La actual Constitución especifica que si, por alguna situación médica alguien no puede votar, es necesario tener u ncertificado médico que lo acredite.

Al no poder votar, todas las personas serán citadas al Juzgado de Policía Local, cuyo respectivo magistrado pedirá algún documento que avale su inasistencia.

Daniel Medina, teniente encargado del Departamento de Comunicaciones de Carabineros, enfatizó que "debo tener un certificado que la acredite" la situación cuando llegue la citación del Juzgado de Policía Local, añadiendo que ese día "no tengo que ir a la comisaría, sino que guardar los papeles que comprueben la complicación médica".

LAS OTRAS EXCUSAS PARA EVITAR LAS SANCIONES POR NO VOTAR

  • Estar fuera del país al momento de la elección: la persona deberá mostrar, al juez respectivo, sus pasajes de ida y vuelta junto al pasaporte para demostrar que no estaba en Chile
  • Impedimento grave: personas que deben cumplir labores esenciales para el desarrollo para el país (carabineros, personal de salud, etc.)
  • Estar a más de 200 kilómetros de distancia de mi lugar de votación el día del plebiscito

LA ÚNICA QUE SE DEBE ACREDITAR ANTE UNA COMISARÍA

Las tres primeras causales se deben acreditar posterior al plebiscito, específicamente cuando el Juzgado de Policía Local cite a cada persona que no acudió a votar.

En el caso de la cuarta, referida a la distancia del local de votación, Carabineros subrayó que "si este domingo estoy lejos, debo ir a una comisaría, tenencia o retén policial llevando un documento del Servel donde especifique que estoy a más de 200 kilómetros".

"Carabineros entregará una constancia, pudiendo ser física o digital, la que debe ser guardada para ser presentada ante el Juez de Policía Local al ser citado", agregó.