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Condenan a médico por negligencia en cirugía que derivó en invalidez de paciente: Deberá pagar más de $760 millones

Cirujano deberá pagar una millonaria indemnización por actuar negligentemente en operación para pérdida de peso.

24Horas.cl Tvn

Martes 10 de noviembre de 2020

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al médico cirujano Carlos Olivares Mardones a pagar una indemnización de más de 760 millones de pesos por actuar negligente en cirugía bariátrica, practicada en 2012, que presentó serias complicaciones postoperatorias que no fueron advertidas por el doctor y que derivaron en la jubilación anticipada por invalidez de la paciente.

Unánimemente la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual. Ya que según aclara el fallo los conocimientos del médico deberían haberle advertido que la situación no era la ideal y podría haber hecho algo al respecto para que el daño causado fuera muchísimo menor, en vez de enviar a la paciente a su casa con síntomas no favorables.

 

El fallo asegura que “el médico demandado infringió los deberes de tratamiento y cuidado que pesaban sobre él, toda vez que, pese a las varias filtraciones ocurridas durante la intervención quirúrgica de manga gástrica, y a que la apertura de la herida es una complicación de común ocurrencia en las cirugías bariátricas, situación que, según el perito médico, hacía prever un alto riesgo de filtraciones de líquidos gástricos a la cavidad abdominal, el médico demandado no instaló los drenajes para detectarlas conforme aconsejaban los conocimientos médicos disponibles, además ante la presencia de síntomas (náuseas, regurgitaciones y vómitos biliosos explosivos) dio el alta a la paciente al segundo día del postoperatorio, sin practicar una radiografía con medio de contraste que habría revelado tempranamente el problema, evitando todas las complicaciones posteriores derivadas de un diagnóstico tardío, técnica que también aconsejaban los conocimientos médicos.”

Debido a estas complicaciones, Marisol Reyes Figueroa debió someterse a múltiples intervenciones quirúrgicas durante los siguientes cuatro años para intentar subsanar el daño obtenido a raíz de la operación bariátrica. Resultando en la solicitud de jubilación por invalidez a los 43 años por las secuelas permanentes que le causó la negligencia, ya que no se encontraba apta para trabajar de forma correcta, aún cuando todavía le quedaban 17 años para jubilar por edad.

 

El tribunal de alzada agregó que “también sufrió daños patrimoniales, en primer término, daño emergente pues debió asumir los costos económicos de las intervenciones quirúrgicas y tratamientos para superar las complicaciones antedichas, que, como se dijo, fueron innumerables y se extendieron por varios años, y en segundo término, perdió su legítima expectativa de percibir los ingresos patrimoniales derivados del ejercicio de su profesión u oficio, pues como consecuencia de todas las complicaciones provocadas por el hecho culposo o negligente se declaró su invalidez en razón de la pérdida del 89% de su capacidad de trabajo”.

Por tanto, se resolvió que “se acoge parcialmente, con costas, la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual (…) en consecuencia, se condena al demandado antes nombrado a pagar a la demandante Marisol Reyes Figueroa las sumas de $505.720.042 por concepto de daño emergente; $126.879.387 a título de lucro cesante; y $80.000.000 por concepto de daño moral”.