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Ministra Zalaquett: "A Chile le duele la ausencia de Antonia y su familia merece justicia"

La ministra de la Mujer condenó todo tipo de agresiones hacia las víctimas, remarcando que "sus cercanos piden respeto por su duelo, y que su partida no quede en la impunidad".

24Horas.cl Tvn

Jueves 18 de junio de 2020

La ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Mónica Zalaquett, se refirió al caso de Antonia Barra, joven que se quitó la vida en Temuco tras acusar a un sujeto, identificado como Martín Pradenas, de haberla violado al interior de una cabaña, pidiendo que "su partida no quede en la impunidad".

A través de su cuenta en Twitter, la secretaria de Estado remarcó que "a Chile le duele la ausencia de Antonia y su familia merece justicia".

 

"Como Ministerio de la Mujer condenamos la vulneración de la dignidad de toda mujer, nada justifica la violencia contra ellas. Sus cercanos piden respeto por su duelo, y que su partida no quede en la impunidad", agregó.

Recordar que el caso de la joven generó gran cantidad de reacciones en medios y redes sociales luego de que la Corte de Apelaciones acogiera parcialmente el recurso de protección interpuesto por la familia de Martín Pradenas, ordenando a la familia de Barra a no publicar insultos ni datos personales de cercanos a este mediante redes sociales.

"Que no resulta discutido que dentro de los datos de carácter personal se encuentran, entre otros, el nombre, edad, sexo, estado civil, profesión, RUT, cuenta corriente, domicilio y teléfono; por lo que sin duda el domicilio de una persona es un aspecto que claramente se halla dentro del marco establecido por la referida ley y constituye un dato de carácter personal. En razón de esto su divulgación y tratamiento únicamente pueden ser efectuados cuando el titular consienta en ello o la ley lo autorice, lo que sin duda no ha ocurrido en la especie", sostiene el fallo.

La resolución indica que los cercanos a la joven fallecida dieron datos sin el consentimiento de los recurridos , infringiendo el artículo 19 numeral 4º de la Constitución Política de la República, "al afectar la protección que se le debe a su vida privada y a su honra. Por estas razones es que debe acogerse el recurso de la manera que se detallar en lo resolutivo".

Específicamente, la resolución prohíbe:

  • Que los recurridos deben abstenerse de divulgar datos y antecedentes de los recurrentes por medio de redes sociales, tanto de sus personas como de sus domicilios y lugares de trabajo
  • Que igualmente deberán abstenerse de efectuar publicaciones ofensivas o descalificativas ya sea por redes sociales o por cualquier otro medio, que lesionen la honra, intimidad, la privacidad o la intimidad de los recurrentes"

Pradenas, además, es acusado de otros cinco delitos de connotación sexual, situación que originó una formalización en su contra, la cual quedó fijada para el próximo 21 de julio.