Click acá para ir directamente al contenido

Superintendencia del Medio Ambiente sanciona a salmonera Nova Austral por más de 1.225 millones de pesos

La empresa noruega se encuentra ubicada al interior del Parque Nacional Alberto de Agostini, comuna de Punta Arenas

24Horas.cl Tvn

Jueves 9 de septiembre de 2021

Durante la jornada de este jueves, la Superintendencia del Medio Ambiente aplicó fuertes multas a la empresa noruega Nova Austral por cinco cargos, alcanzando una multa de más de 1.225 millones de pesos.

De acuerdo a lo indicado por el organismo, la salmonera ubicada al interior del Parque Nacional Alberto de Agostini, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y Antártica Chilena. fue sancionada por cinco cargos; uno calificado como Gravísimo por 1.013 Unidades Tributarias Anuales (UTA) y cuatro Leves por un total de 928.2 UTA.

 

Según la superintendencia, los incumplimientos que se sancionaron dicen relación con el ocultamiento de información evitando que la SMA ejerciera sus atribuciones fiscalizadoras; “inadecuado manejo de mortalidad y de residuos sólidos”, incumplimiento de medidas preventivas en su Plan de Contingencias, además de un pretil de plataforma de ensilaje que presentaba daños estructurales.

En cuanto al cargo gravísimo, la infracción se imputó debido a que el titular no remitió copia digitalizada de bitácora de control diario de mortalidad sometida a ensilaje en el centro, correspondiente al ciclo productivo 2016-2018.

 

Respecto a los cargos leves, el primero de ellos tiene relación con “inadecuado manejo de las mortalidades generadas en el CES en los ciclos productivos 2013-2015 y 2016-2018, manifestada en las discrepancias numéricas existentes entre la mortalidad extraída desde las jaulas del CES Aracena 19 y las sometidas al sistema de ensilaje”.

El segundo dice relación con el “inadecuado manejo de residuos sólidos”. Esto se traduce en un inapropiado almacenamiento de maxisacos para el alimento de los peces en lugares no destinados para ello, mientras que el tercer cargo se formuló debido a que el “pretil de plataforma de ensilaje presenta una abertura a nivel de base de 15 x 7 centímetros”. La plataforma de ensilaje debía tener un pretil (especie de malla) que asegura que no caigan residuos al mar y que no se produzca algún tipo de contaminación.

 

En tanto, el último cargo es por “incumplimiento de medidas preventivas (realización de actividades y contar con determinados equipos) establecidas en los Planes de Contingencia, lo que se traduce en que el CES no dispone del equipo necesario para la implementación del Plan de Contingencia de Floraciones Algales Nocivas (FAN); no contar con redes de enmalle necesarias para la implementación del Plan de Contingencia para escape masivo de peces; no realizar verificación semestral del estado de los módulos del CES Aracena 19; y no contar con certificados anuales sobre las condiciones de seguridad de los módulos de cultivo y de fondeos, del CES Aracena 19.

Cabe mencionar que el infractor podrá presentar un Recurso de Reposición en un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. La interposición de este Recurso suspenderá el plazo para reclamar de Ilegalidad, siempre que se trate de las mismas materias sancionadas.