La Corte de Apelaciones de La Serena acogió a trámite un recurso presentado por la Superintendencia del Cuerpo de Bomberos de la ciudad en contra de Carabineros y el Ministerio Público, respecto al uso "de balines y gases lacrimógenos en contra voluntarios y en las inmediaciones del cuartel general".
Según explicó el Poder Judicial, la Primera Sala del tribunal determinó la orden de no innovar "con el objetivo de resguardar las garantías constitucionales que podrían verse afectadas o amenazadas, en tanto se resuelve la acción constitucional de amparo".
"Teniendo en consideración la inminencia del riesgo que implican los hechos fundantes de la acción constitucional incoada, cuya reiteración constituiría una grave afectación a las garantías constitucionales de los recurrentes y haría imposible la protección reclamada en el evento de acogerse el recurso, se hace lugar a la orden de no innovar impetrada", complementó el dictamen.
En concreto, se le prohibió a Carabineros usar "armas letales como, asimismo, escopetas lanzadoras de balines o perdigones, o bien la utilización de gases tóxicos, respecto de Bomberos de La Serena, en especial respecto del Cuartel General ubicado en la intersección de las calles Avenida Francisco de Aguirre con Avenida Balmaceda, así como respecto de los integrantes de dicho cuerpo".