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TC desestima normas locales que rebajan penas a isleños acusados de violación en Rapa Nui

Por una amplia mayoría, los ministros del organismo consideraron "inaplicables" los dos artículos de la llamada "Ley Pascua" que benefician con rebaja en sus condenas.

24Horas.cl Tvn

© Aton

Jueves 3 de septiembre de 2020

Durante esta jornada, el pleno del Tribunal Constitucional acogió por amplia mayoría de 8-1 un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por el Juzgado de Letras y Garantía de Rapa Nui (Isla de Pascua), el cual hace mención a una ley que rige sólo para ciudadanos isleños y que favorece a habitantes de ese lugar que sean acusados por el delito de violación con la rebaja de sus condenas.

De acuerdo al fallo, favoreció un requerimiento a través del cual prescriben los siguientes artículos de la llamada "Ley Pascua" por determinar situaciones que afectan principios como la igualdad ante la ley, y además son discriminatorios para con las mujeres:

Artículo 13.- En los delitos contemplados en los Títulos VII y IX del Libro Segundo del Código Penal, cometidos por naturales de la Isla y en el territorio de ella, se impondrá la pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que sean responsables.

Artículo 14.- En aquellos casos en que el Tribunal deba aplicar penas de presidio, reclusión o prisión podrá disponer que hasta dos tercios de ellas puedan cumplirse fuera del establecimiento carcelario, fijando en la sentencia las condiciones de trabajo y residencia que deba llevar el condenado y el tiempo por el cual se concede este beneficio, el que podrá suspenderse o revocarse por el Juez, de oficio o a petición de parte, por medio de una resolución fundada, que se apoye en el incumplimiento de las condiciones impuestas”.

CASO DATA DE OCTUBRE DE 2019

A favor de acoger el requerimiento votaron la presidenta del Tribunal, María Luisa Brahm, además de los ministros Iván Aróstica, Gonzalo García, Cristián Letelier, Nelson Pozo, José Ignacio Vásquez, Miguel Ángel Fernández y Rodrigo Pica.

Por su parte, el ministro Juan José Romero Guzmán votó por rechazar el requerimiento debido a que el efecto de la sentencia que declara la inaplicabilidad "no es compatible con la garantía que tiene todo imputado de no ser castigado con una pena más alta que la aplicable en el momento de la comisión del delito. Esta regla está contenida expresamente en nuestra Constitución, así como en diversos Tratados Internacionales de Derechos Humanos. Lo anterior no significa desconocer que se está ante una diferencia legal arbitraria que le corresponde remediar de manera urgente al legislador".

Según detalla La Tercera, el caso que motivó el pronunciamiento del TC fue el traslado que hizo el juez titular del juzgado de letras de Rapa Nui, Álex Guzmán, quien pidió al organismo que señale si dichas normas son constitucionales y aplicables al caso concreto que afecta a Daniel Paoa, isleño acusado de una violación ocurrida el 6 de octubre de 2019 donde la víctima es una mujer del continente.



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