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Corte confirma cancelación de matrícula a alumno con más de 40 anotaciones negativas en Curanilahue

El tribunal rechazó el recurso de la madre del estudiante, cuya matrícula había sido cancelada tras protagonizar múltiples hechos de violencia, incluido el porte de arma blanca.

24horas.cl

Jueves 14 de mayo de 2026

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso presentado por una apoderada y confirmó la resolución que canceló la matrícula para el año lectivo 2026 de un alumno de un colegio en Curanilahue.

La medida disciplinaria se adoptó tras acreditarse múltiples faltas de carácter grave al reglamento escolar, entre las que destacan episodios de violencia y el porte de armas blancas, por lo cual el estudiante mantenía más de 40 anotaciones negativas.

Gravedad de las conductas

La Sexta Sala del tribunal —integrada por los ministros Mauricio Silva, Rafael Andrade y Gonzalo Rojas— fundamentó su decisión en la persistencia de conductas que exceden la "mera desregulación" eventualmente asociada a la salud del menor. Entre los antecedentes que motivaron la expulsión figuran:

  • Porte de armas: el estudiante fue sorprendido portando navajas al interior del establecimiento en al menos dos oportunidades durante 2024

  • Agresiones físicas: se registró el ataque a un compañero que resultó con lesiones constatadas en el Hospital de Curanilahue

  • Conductas inapropiadas: el fallo detalla el uso de lenguaje obsceno y gestos de connotación sexual dirigidos a docentes y compañeras

  • Reiteración: el alumno acumuló 42 anotaciones negativas durante el periodo anual

Acompañamiento y debido proceso

El tribunal descartó una actuar ilegal del Colegio Particular Continental, señalando que el establecimiento implementó un "Plan de Acompañamiento Emocional y Conductual (PAEC)" con reuniones periódicas con la apoderada para monitorear el desempeño y tratamiento del alumno.

"La circunstancia de que un estudiante presente diagnósticos o condiciones que configuren necesidades educativas especiales no lo exime del deber de cumplir las normas de convivencia escolar", consigna el fallo.

Asimismo, se acreditó que tanto el alumno como su apoderada pudieron ejercer su derecho a defensa mediante descargos y una solicitud de reconsideración ante el Consejo de Profesores, el cual mantuvo la sanción de forma unánime para resguardar la seguridad de la comunidad educativa.

Respaldo de la Superintendencia

La resolución también destaca que la Superintendencia de Educación fiscalizó el proceso disciplinario, concluyendo que este se ajustó estrictamente a la normativa vigente, sin advertir vicios en su tramitación.

Para la Corte, el derecho a la educación debe armonizarse con el derecho de los demás miembros de la comunidad a desenvolverse en un ambiente seguro y respetuoso, validando así la facultad del colegio para no renovar la matrícula frente a conductas que no lograron ser revertidas con las medidas de apoyo previas.