La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó al Colegio Alemán a matricular a una alumna de primero básico que adeudaba mensualidades desde el 2024 debido a que su madre tiene cáncer.
El tribunal señaló que la institución actuó de forma arbitraria e ilegal al no considerar el delicado estado de salud de la apoderada ni tampoco sus esfuerzos por pagar el dinero que les debía.
El falló consignó que la madre dejó de pagar las mensualidades "a consecuencia de una enfermedad grave —leucemia linfocítica con anemia hemolítica—que le impidió trabajar, sumado a la separación de hecho del padre de la niña, la madre se vio impedida de cumplir oportunamente con dichas obligaciones".
No obstante, respaldaron que la mujer comunicó formalmente su situación al colegio y que además les indicó que puso en venta una propiedad para ponerse al día con sus obligaciones.
Una vez que finalizó la venta, la madre pagó su deuda e incluso les propuso pagar por adelantado el año escolar 2025, pero aún así la institución canceló su matrícula.
"El Colegio Alemán de Concepción decidió no renovar la matrícula de la menor, invocando las normas contractuales relativas a plazos vencidos y falta de renovación oportuna, y el Reglamento Interno de la institución, sin atender a las circunstancias excepcionales del caso, la enfermedad de la madre, el esfuerzo por pagar la deuda, ni el hecho objetivo de que en la actualidad no existe deuda pendiente", expresaron.
Es por lo anterior que consideraron que la decisión fue arbitraria y que vulnera el principio del interés superior del niño, razón por la que la niña debe ser matriculada para el año acádemico 2025 en un plazo de cinco días desde la notificación de la resolución.