Un adulto mayor de 78 años denunció haber sido víctima de una presunta usurpación de identidad que terminó afectando distintos ámbitos de su vida. Según los antecedentes presentados ante la justicia, desconocidos utilizaron sus datos para crear una empresa, abrir una cuenta bancaria y realizar operaciones tributarias que derivaron en una deuda superior a $20 millones.
Pero las consecuencias fueron mucho más allá de la deuda. La información tributaria asociada a esas operaciones provocó la suspensión temporal de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que recibía su esposa y, de acuerdo con los antecedentes incorporados al recurso de protección, la situación judicial también tuvo un impacto en su salud.
Frente a este escenario, la Corte de Apelaciones de Chillán acogió parcialmente un recurso de protección y ordenó suspender el cobro mientras se investiga el presunto fraude y se determina el verdadero origen de las obligaciones tributarias.
¿Cómo se originó la deuda?
Según la sentencia, la presunta usurpación de identidad ocurrió en 2021, cuando terceros habrían inscrito una empresa utilizando los datos del afectado. Además, habrían abierto una cuenta corriente de forma online y realizado operaciones que posteriormente dieron origen a devoluciones de impuestos y obligaciones tributarias.
A partir de esos antecedentes, la Tesorería General de la República inició un procedimiento de cobro por más de $20 millones entre impuestos, reajustes, intereses y multas, deuda que el afectado asegura no reconocer por ser consecuencia de la presunta usurpación de identidad. Los hechos son investigados por el Ministerio Público.
La PGU y los problemas de salud
La presunta usurpación de identidad no solo derivó en una millonaria deuda tributaria. También tuvo efectos en la vida familiar del adulto mayor.
Producto de los ingresos que aparecían asociados al grupo familiar, la esposa del afectado perdió temporalmente la Pensión Garantizada Universal, al dejar de cumplir con los requisitos de focalización. Durante la tramitación del recurso se informó que el beneficio fue restituido una vez que las autoridades conocieron la existencia de la investigación penal.
Entre los antecedentes incorporados al recurso también figura un certificado de atención psicosocial que da cuenta de un "desajuste emocional generado por situación judicial". Además, la sentencia consigna que el adulto mayor padece un bloqueo trafascicular y que en septiembre de 2024 recibió un marcapasos.
Lo que observó la Corte
Si bien la Corte aclaró que será la investigación penal la que determine si existió o no el delito de usurpación de identidad, sostuvo que existen "una serie de indicios" que otorgan "verosimilitud y plausibilidad" a la denuncia.
Entre ellos mencionó que la cuenta bancaria abierta a nombre del afectado registró movimientos de dinero incompatibles con los ingresos de un jubilado y que la secuencia de los hechos resulta coherente con la versión presentada por el recurrente.
Asimismo, el fallo cuestionó que la Tesorería rechazara la solicitud de suspender el cobro sin ponderar esos antecedentes, señalando que "no resulta admisible omitir tan contundente información" al resolver esa petición.
Frontis de la Tesorería General de la República
¿Qué ordenó la justicia?
La Corte estimó que la Tesorería actuó de forma arbitraria al rechazar la suspensión del cobro sin fundamentar adecuadamente su decisión. Por ello, ordenó mantener suspendida la ejecución mientras avanza la investigación penal y hasta que se esclarezca el verdadero origen de la deuda tributaria.
Además, instruyó al organismo revisar nuevamente todos los antecedentes disponibles antes de adoptar una nueva decisión sobre la situación tributaria del afectado.