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SMA multa a ENAP con $679 millones por "incumplimientos" en Quintero y Puchuncaví

La multa fue aplicada tras comprobarse que la refinería no cumplió con "sus obligaciones" en el marco de la emergencia ambiental detectada en 2018.

24horas.cl

SMA multa a ENAP con $679 millones

Martes 28 de noviembre de 2023

La Superintedencia de Medio Ambiente (SMA) sancionó con $679 millones a ENAP tras constatar que la refinería no cumplió con sus "obligaciones" en el marco de la emergencia ambiental detectada en Quintero y Puchuncaví en 2018. 

En detalle, los incumplimientos están referidos a las obligaciones establecidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en materia de tratamiento de residuos líquidos industriales (Riles), y a la norma sobre descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.

Cabe recordar que en agosto de 2018, en el marco de la emergencia ambiental en ambas comunas antes mencionadas, la SMA inició un procedimiento sancionatorio que dio origen a distintas diligencias en terreno, entre ellas, inspecciones y exámenes de información.

Sin embargo, realizadas las indagatorias correspondientes, el ente fiscalizador determinó sancionar a ENAP "por la operación de su sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos en condiciones distintas a lo aprobado, en el marco de la mantención de dos estanques, lo cual fue constatado por el vertimiento de fluidos con una caracterización distinta a la aprobada; en que la eficiencia de remoción fue inferior a la comprometida; y por el vertimiento de fluidos en un lugar distinto al estanque de distribución, entre otros".

"Asimismo, se aplicó una sanción debido a que, en julio de 2017, la unidad superó el límite permitido por la norma para el parámetro hidrocarburos volátiles, en la descarga al mar proveniente del sistema de tratamiento de RILes", indicó la SMA a través de un comunicado.

La multa debe ser pagada directamente en la Tesorería General de la República. No obstante, la refinería tiene la opción de impugnar la resolución sancionatoria ante la propia SMA en el plazo de 5 días hábiles.