La Corte Suprema resolvió que faltar al trabajo un viernes y el lunes siguiente no constituye una inasistencia durante "dos días seguidos", por lo que declaró injustificado el despido de un trabajador de Antofagasta y, en una sentencia de reemplazo, ordenó el pago de $4.593.333 en indemnizaciones y otras prestaciones laborales.
Con esta decisión, el máximo tribunal dejó sin efecto las resoluciones del Juzgado de Letras de Antofagasta y de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que habían considerado ajustado a derecho el despido por esa causal.
Edificio de la Corte Suprema - Agencia Uno
La discusión llegó hasta la Corte Suprema
El trabajador fue despedido el 6 de diciembre de 2022 por la causal contemplada en el artículo 160 N°3 del Código del Trabajo, que permite poner término al contrato sin indemnización cuando existe una inasistencia injustificada durante dos días seguidos.
Durante el juicio quedó establecido que el trabajador faltó el viernes 2 y el lunes 5 de diciembre de 2022, mientras que su jornada laboral se distribuía de lunes a viernes.
Tanto el Juzgado de Letras como la Corte de Apelaciones de Antofagasta concluyeron que esas ausencias cumplían el requisito legal, al estimar que correspondían a dos jornadas laborales consecutivas.
¿Por qué la Suprema cambió el criterio?
La Corte Suprema llegó a una conclusión distinta al acoger un recurso de unificación de jurisprudencia.
El fallo sostiene que entre el viernes y el lunes median el sábado y domingo, por lo que no existe continuidad temporal que permita considerar esas ausencias como dos días seguidos, tal como exige el artículo 160 N°3 del Código del Trabajo.
Asimismo, advirtió que interpretar la norma según la distribución de la jornada laboral amplía el alcance de una causal de despido disciplinario en perjuicio del trabajador, por lo que aplicó el principio in dubio pro operario, que favorece la interpretación más beneficiosa para el trabajador cuando existen dudas sobre una norma laboral.
El criterio que fija este fallo
La sentencia unifica la jurisprudencia sobre esta materia y establece que la expresión "dos días seguidos" debe entenderse conforme a su sentido natural, sin extender su alcance por la forma en que se distribuye la jornada laboral.
La Suprema también precisó que esta decisión no elimina las sanciones por inasistencias injustificadas, sino que aclara que faltar un viernes y el lunes siguiente no configura esta causal específica de despido.
Los $4,6 millones que deberá recibir el trabajador
En la sentencia de reemplazo, la Corte Suprema condenó solidariamente a las demandadas, en su calidad de empleador único, a pagar al trabajador un total de $4.593.333, más los reajustes e intereses que correspondan.
El monto considera:
- $650.000 por indemnización sustitutiva del aviso previo.
- $1.300.000 por indemnización por dos años de servicio.
- $1.040.000 por el recargo legal del 80% sobre esa indemnización.
- $1.300.000 por remuneraciones adeudadas de octubre y noviembre de 2022.
- $303.333 por diferencias de feriado legal.
La Corte Suprema mantuvo el rechazo de la demanda por nulidad del despido, por lo que acogió parcialmente la acción presentada por el trabajador.