El Tercer Juzgado de Letras de La Serena condenó al Hospital San Juan de Dios de esa comuna a pagar una indemnización total de $200 millones por concepto de daño moral a una madre y su hijo recién nacido, luego de establecer la existencia de falta de servicio en la atención médica durante un parto gemelar.
La resolución, dictada por la magistrada Cecilia Rojas Nogerol, determinó que el centro asistencial incurrió en una actuación negligente al no adoptar oportunamente una estrategia de resolución del parto acorde con las condiciones de riesgo que presentaba el embarazo. El tribunal estableció que la cesárea de urgencia fue realizada tardíamente, cuando ya existían signos clínicos adversos.
De acuerdo con el fallo, el embarazo gemelar había sido catalogado como de alto riesgo, por lo que el equipo médico debía aplicar medidas acordes a esa condición. Sin embargo, el tribunal concluyó que “no se adoptó la estrategia de resolución del parto acorde con las condiciones de alto riesgo acreditadas” y que tampoco se desplegaron todas las medidas terapéuticas disponibles para reducir las consecuencias del evento ocurrido.
La sentencia señaló que estas decisiones configuraron “un funcionamiento deficiente del servicio”, al considerar que la atención entregada no cumplió con los estándares esperables de calidad, oportunidad y eficacia en la prestación sanitaria.
El tribunal también tuvo en cuenta los antecedentes periciales que acreditaron que el recién nacido sufrió un daño neurológico severo y permanente, asociado a un evento hipóxico-isquémico perinatal. Entre sus consecuencias se describen un compromiso neurológico grave, trastorno convulsivo, dependencia respiratoria, necesidad de traqueostomía y requerimiento de cuidados médicos permanentes.
Respecto del daño moral, la resolución destacó la afectación física y psíquica del menor, quien quedó en una condición de discapacidad profunda y dependencia vitalicia, además del impacto emocional sufrido por su madre, debido a la situación de su hijo y a la necesidad de asumir cuidados permanentes.
El fallo también consideró la magnitud de las secuelas, la alteración de la calidad de vida del niño y la afectación del proyecto de vida de la madre, quien deberá enfrentar una dedicación constante al cuidado de su hijo en condiciones altamente demandantes.
Finalmente, el tribunal acogió la demanda presentada contra el Hospital San Juan de Dios de La Serena y estableció que el recinto es responsable por falta de servicio en la atención entregada. Por ello, ordenó el pago de $100 millones para la madre y otros $100 millones para el menor, como reparación por el daño moral ocasionado.