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Aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados: ¿cuándo se paga?

La ministra del Trabajo, Jeannette Jara, detalló que las personas beneficiarias no deberán postular y que entrega "en conjunto con las pensiones de cada mes".

24horas.cl

Domingo 3 de septiembre de 2023

A menos de dos semanas para que inicien las Fiestas Patrias, la ministra del Trabajo, Jeannette Jara, informó que el Gobierno entregará un aguinaldo a los pensionados y pensionadas. 

Más de 2.800.000 personas recibirán este aporte y podrán acceden a él los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).

En concreto, el monto base del Aguinaldo de Fiestas Patrias 2023 es de $23.261. A eso se le suman $11.933 por cada carga familiar que esté acreditada al 31 de agosto de 2023.

¿Cómo se postula y cuándo se paga?

De acuerdo con lo explicado por la secretaria de Estado, las personas beneficiarias no deberán postular para recibir este aporte, pues el pago será automático junto con las respectivas pensiones. 

"El aguinaldo se paga junto con la pensión. Entonces, las personas no tienen que hacer un trámite adicional, no tienen que postular", precisó la ministra. 

En razón de lo anterior, los beneficiarios recibirán su pago entre el día 1 y 4 de septiembre. 

De esta forma, el aguinaldo será destino a personas que al 31 de agosto cumplan con los siguientes requisitos:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2023, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.