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Aguinaldo de Navidad 2023: los montos del sector público y pensionados

Se acerca fin de año y con ello, la Navidad, en donde pensionados y trabajadores del sector público reciben una ayuda al bolsillo. ¿Cuáles son los montos y fechas de este año?

24horas.cl

Aguinaldo de Navidad 2023

Jueves 16 de noviembre de 2023

A un poco más de un mes de la esperada Navidad, durante esta fecha muchos trabajadores y pensionados reciben el Aguinaldo de Navidad 2023, beneficio que el año pasado, en el caso de estos últimos, tuvo un monto de $25.150.

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Te contamos en qué fechas se entregará el Aguinaldo de Navidad 2023 tanto para los pensionados como para los funcionarios del sector público y cuáles serán los respectivos montos a continuación:

Aguinaldo de Navidad 2023: fechas de pago

El Aguinaldo de Navidad 2023 no tiene una fecha de pago establecida. Esto dependerá, en el caso de las personas jubiladas, de cuándo reciban su pensión y, por parte de funcionarios públicos, este beneficio se pagará junto con el sueldo mensual de diciembre. 

¿Cuáles son los montos del Aguinaldo de Navidad 2023?

El monto del Aguinaldo de Navidad 2023 es de $26.734 para pensionados. Este aporte se incrementará en 15.104 pesos por cada persona que esté acreditada como carga familiar al 30 de noviembre, aunque este no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar, porque su ingreso mensual es superior a $979.330.

Para el caso de los funcionarios del sector público el monto del Aguinaldo de Navidad 2023 es de $63.062 para trabajadores cuya remuneración líquida sea igual o inferior a $943.703 y para aquellos cuya remuneración líquida supere los $943.703 el beneficio será de $33.358.

Navidad

Aguinaldo Navidad 2023: ¿quiénes pueden optar?

Requisitos para pensionados

Para postular a este beneficio debes encontrarte pensionado al 30 de noviembre del 2023 y tener algunas de estas cualidades: 

  • Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo de la Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP y de compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
  • Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley Nº 19.129, artículo 11).

Además, también lo reciben los pensionados y pensionadas de las cajas de previsión de Dipreca y Capredena.

Quienes se pensionen pasado esa fecha, esto es desde el viernes 1 de diciembre, no podrán optar a esta ayuda económica.

Trabajadores del sector público

La ley establece que el aguinaldo de Navidad será recibido por funcionarios públicos que desempeñen cargos de planta y a contrata, perteneciendo a alguno de los siguientes organismos:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

Aguinaldo de Navidad: ¿qué pasa en el sector privado?

En el sector privado, para los empleadores no es obligación otorgar aguinaldo, por lo que es posible que no todos los trabajadores reciban esta ayuda.

El trabajador del sector privado tendrá derecho a recibir aguinaldo navideño en los siguientes 3 casos:

  1. Si está contemplado en su contrato de trabajo.
  2. Si existe un contrato o convenio colectivo en el que el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
  3. Que el empleador haya hecho esta concesión en una oportunidad anterior, pues se considera una cláusula tácita del contrato (protegida por la norma laboral).