Click acá para ir directamente al contenido

Seguro de Cesantía: ¿puedo cobrarlo si no tengo finiquito?

Ante el término de una relación laboral, hay casos específicos donde la persona no recibe finiquito, por ejemplo, cuando el trabajador renuncia voluntariamente a su empleo o cuando la duración del contrato no fue superior a 30 días. Frente a estas circunstancias, ¿tienen derecho a cobrar seguro de cesantía?.

24horas.cl

Seguro de Cesantía. Oficina.

Viernes 25 de agosto de 2023

Cuando una persona queda desempleada, ya sea por renuncia, despido o fin de contrato, puede acceder al cobro de beneficios de su fondo de cesantía mediante el Seguro de Cesantía, administrado por AFC Chile, para ayudar a cubrir sus gastos mientras no tenga empleo.

LEE TAMBIÉN 

Ante el término de una relación laboral, hay casos específicos donde la persona no recibe finiquito, por ejemplo, cuando el trabajador renuncia voluntariamente a su empleo o cuando la duración del contrato no fue superior a 30 días, poniendo en peligro el eventual cobro del seguro de cesantía.

Seguro de Cesantía. AFC Chile.

Frente a estas circunstancias, ¿Tienen derecho a cobrar seguro de cesantía?

Seguro de Cesantía: ¿qué pasa si no tengo finiquito? 

Según lo indica AFC Chile, pese a que el finiquito es el documento más confiable para acreditar el estado de cesantía, existen otras alternativas para solicitar el pago del seguro de cesantía

  • Carta de despido, renuncia, mutuo acuerdo o autodespido
  • Acta de avenimiento o compareciencia
  • Contrato de trabajo menos a 30 días o líquidación de sueldo
  • Certificado de término laboral (emitida por la Inspección del Trabajo)
  • Declaración jurada (emitida por la Dirección del Trabajo)
  • Entre otros

Sin importar cuál sea el documento, para tramitar la entrega del seguro de cesantía es importante enviarlo digitalizado, en formato PDF y que el nombre del archivo no contenga la letra Ñ a AFC Chile.

En definitiva ¿puedo cobrar el seguro de cesantía si renuncio?

Según la Superintendencia de Pensiones, el seguro de cesantía va dirigido a los trabajadores y trabajadoras en condición de cesantía por razones voluntarias e involuntarias.

Por lo tanto, puede retirarse ya sea por despido o por renuncia, con o sin finiquito.