El próximo jueves 1 de enero es el primer feriado irrenunciable del año, esto de acuerdo a lo estipulado en la Ley. 19.973, por esta razón, es que gran parte del comercio como supermercados y grandes tiendas, permanecerán cerrados. Pero, ¿qué puede funcionar este día?
Si bien existe la noción de que todo se encuentra cerrado durante el 1 de enero, en la práctica existen diferentes establecimientos, principalmente orientados al entretenimiento, que se encuentran excluidos de la obligatoriedad del feriado irrenunciable. De esta forma, durante este jueves se encontrarán abiertos los siguientes lugares:
- Cines.
- Restaurantes.
- Discotecas.
- Pubs.
- Casinos.
- Farmacias de urgencia o turno.
- Negocios de barrio que sean atendidos por sus dueños.
- Tiendas de conveniencia que preparen alimentos en el mismo recinto.
- Expendios de combustible.
¿Qué estará cerrado?
Por otro lado, el feriado irrenunciable aplica para gran parte del comercio, los cuales no podrán funcionar durante el 1 de enero. Esto significa que estarán cerrados supermercados, multitiendas, locales de conveniencia adosados a servicentros que no preparen alimentos en sus instalaciones y solamente vendan productos envasados.
Cabe destacar que, si uno de los establecimientos mencionados abre sus puertas para atender al público durante el 1 de enero, arriesga multas que van desde las 5 UTM ($347.710) hasta las 20 UTM ($1.390.480), dependiendo del tamaño de la empresa, y por cada trabajador afectado, indica la Dirección del Trabajo.