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Ley de Pensiones de Alimentos: ¿Cómo iniciar la medida de retención de fondos de los deudores?

Desde este sábado los tribunales de justicia podrán investigar el patrimonio de las personas deudoras de pensiones de alimentos y ordenar el pago de la deuda a través de fondos de cuentas bancarias u otros instrumentos financieros.

24horas.cl

Sábado 20 de mayo de 2023

La jornada de este sábado comenzó a regir la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos, cuyo mecanismo obliga a deudores a pagar mensualidades impagas que mantengan con uno o más de sus hijos.

La iniciativa busca mejorar el acceso a la información financiera de las personas deudoras y facilitar la retención de los fondos que tengan en sus cuentas bancarias en caso de mantener deudas, ya que vulneran los derechos de niñas, niños y adolescentes.

De acuerdo a la información entregada por el Gobierno, existe el llamado Procedimiendo Especial para iniciar el pago de la pensión de alimentos.

¿Cómo iniciar el Procedimiento Especial?

Para que este mecanismo se inicie, el representante de los menores de edad debe solicitar la retención de los fondos que la persona alimentante deudora tenga en sus cuentas bancarias o en otros instrumentos financieros y/o de inversión.

¿Qué se necesita para solicitar esta retención?

Para solicitar la medida de retención debe existir una o más mensualidades impagas por parte de la persona alimentante (deudora de pensión de alimentos).

¿Cómo se pagará la deuda de pensiones con este Procedimiento Especial?

Según consigna el sitio del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, la deuda se pagará mediante los fondos o patrimonio que la persona deudora de la pensión de alimentos tenga en sus cuentas bancarias o en otros instrumentos de inversión y/o financieros.

¿Desde cuándo se hace efectiva la medida cautelar de retención de los fondos?

La medida se hará efectiva desde la notificación de la resolución que dictó el tribunal de familia a la entidad bancaria y/o financiera correspondiente, y antes de que se notifique a la persona deudora.

¿Cuál es el plazo que tiene la entidad bancaria y/o financiera para transferir los fondos desde el patrimonio de la persona deudora a la cuenta de la persona alimentaria?

Una vez notificada la resolución de pago, la respectiva entidad bancaria y/o financiera tendrá un plazo de 15 días hábiles para realizar la transferencia ordenada por el tribunal.