La eliminación del cobro del 7% de salud es uno de los beneficios estatales para pensionados, ya que permite aumentar el monto líquido de sus pensiones al suprimir la obligación de pagar la cotización de salud. Este beneficio no requiere postulación y está dirigido a personas mayores y sectores vulnerables que cumplan determinados requisitos establecidos por ley.
El monto correspondiente es bonificado por el Estado a través del Instituto de Previsión Social (IPS), lo que permite que la persona beneficiaria mantenga acceso a las prestaciones de salud, sea Fonasa o isapre, sin que dicho porcentaje sea descontado de su pensión.
En términos prácticos, esto significa que el pensionado recibe un monto mayor en su liquidación mensual, mejorando así su ingreso disponible.
¿Quiénes acceden automáticamente al beneficio?
La eliminación del 7% es un beneficio no postulable. Es decir, se otorga de manera automática a quienes cumplan los requisitos y sean beneficiarios de alguna de las siguientes prestaciones:
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Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
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Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
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Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI).
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Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que la persona acredite pertenecer hasta el 80% más vulnerable de la población según el instrumento de focalización establecido por ley (Puntaje de Focalización Previsional igual o inferior a 1.876 puntos).
En estos casos, el Estado asume el costo del 7% de cotización, sin necesidad de que el beneficiario realice trámites adicionales.
Pensionados que también pueden acceder al 7% gratis en salud
Además de quienes reciben beneficios solidarios, también pueden acceder a la eliminación del 7% aquellos pensionados que, sin ser beneficiarios de PBSI, APSV, APSI o PGU, cumplan con los siguientes requisitos:
Deben tener 65 años o más y estar afiliados a una AFP, compañía de seguros o ex caja de previsión social. También pueden acceder quienes estén pensionados bajo la ley de accidentes del trabajo, ya sea en una mutualidad de empleadores, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), o quienes tengan una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos.
Asimismo, deben integrar un grupo familiar perteneciente al cuarto quintil más vulnerable de la población, es decir, contar con un Puntaje de Focalización Previsional (PFP) igual o menor a 1.876 puntos, cálculo que realiza el IPS.
Otro requisito fundamental es acreditar residencia en Chile por al menos 20 años, continuos o discontinuos, incluyendo cuatro de los últimos cinco años previos a la solicitud o evaluación del beneficio.
¿Quiénes no tienen derecho a la eliminación del 7%?
Es importante considerar que no todos los pensionados pueden acceder a este beneficio. Quedan excluidos quienes reciben pensiones de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
¿Cómo saber si soy beneficiario?
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