Desde este viernes 2 de enero, quienes vendan en marketplace u otras plataformas digitales deberán estar formalizados y demostrar su inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII).
La medida surgió tras la puesta en marcha de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, que busca que los contribuyentes puedan desarrollar su actividad económica en igualdad de condiciones y asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias. En líneas generales, combatir la evasión de impuestos.
Cabe recordar que, desde esta jornada, no solo marketplaces deberán exigir la acreditación del inicio de actividades para autorizar el desarrollo de una actividad económica, prestar servicios o intermediar operaciones con terceros; sino que también los proveedores de medios de pago, organismos del Estado, municipios, gobiernos regionales y bancos comerciales.
Desde el SII han enfatizado en que el inicio de actividades para una persona o empresa es "obligatorio siempre". "Cuando una persona efectúa una operación comercial, vende algo, o presta un servicio, tiene que tener inicio de actividades", indicaron.
Patricio Muñoz, subdirector de Asistencia al Contribuyente del SII, recalcó que en 2025 el SII realizó más de 700 actividades de capacitación dirigidas a servicios públicos a nivel nacional; además de ofrecer la opción de capacitación virtual a través de capacita.sii.cl y el canal del SII en YouTube, donde se dispone de contenidos sobre formalización, emprendimiento, microempresa familiar y tasaciones de actividades esporádicas.
"Por nuestra parte, hemos ofrecido todo el acompañamiento y asistencia necesarios para aclarar sus dudas y facilitarles este proceso", manifestó Muñoz.
Cabe señalar que esta obligación no aplica a las personas que desarrollan actividad de subsistencia (ingresos hasta 5 UTM al mes) o en ferias libres, quienes tienen el primer semestre del 2026 para incorporarse a los correspondientes registros.
¿Cómo iniciar actividades en el SII?
El Servicio dispuso un portal llamado "Mi negocio cumple", el cual busca simplificar el proceso de inicio de actividades en pocos pasos.
Este sistema permite iniciar actividades sin adjuntar documentos y centralizar el cumplimiento de las principales obligaciones tributarias, como la emisión de boletas de honorarios o boletas de ventas y servicios, así como la propuesta y pago de sus impuestos mensuales.
En concreto, deberás:
- Ingresa a la sección "Mi Negocio Cumple"
- Luego de autenticarte con tu RUT y clave tributaria, selecciona la opción Inicio de Actividades.
- También podrás emitir boletas de honorarios o de ventas y servicios y presentar tu declaración mensual de impuestos, utilizando la propuesta del Servicio.
¿Quiénes deben exigir inicio de actividades?
- Todos los órganos de la administración del Estado, gobiernos regionales y municipalidades deben exigirlo a quienes requieran una autorización para desarrollar una actividad económica, incorporándolo como requisito.
- Los administradores, operadores o proveedores de medios de pago electrónico, a quienes contraten sus servicios para desarrollar una actividad económica.
- Los operadores de plataformas digitales de intermediación, como los marketplaces, que permitan efectuar transacciones entre terceros para la adquisición de bienes o servicios, quienes deberán exigir el inicio de actividades a quienes ofrezcan productos o servicios a través de sus plataformas.
- Los Bancos comerciales, a los solicitantes de créditos o préstamos cuando correspondan a una persona jurídica u otro tipo de entidad empresarial, incluido el empresario individual.