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Subsidio hipotecario: qué es y las condiciones para optar a financiamiento de nueva vivienda

El beneficio tiene como meta disminuir el stock de más de 100 mil viviendas terminadas en el sector inmobiliario.

24horas.cl

Subsidio hipotecario

Martes 20 de mayo de 2025

Este lunes, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó al Ejecutivo la ley que establece un subsidio a la tasa de interés hipotecaria para la adquisición de viviendas nuevas.

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La iniciativa no solo busca apoyar la adquisición de viviendas, sino que disminuir el stock de más de 100 mil viviendas terminadas a 2024 en el sector inmobiliario.

¿En qué consiste el nuevo subsidio hipotecario?

La nueva ley plantea mejorar el acceso a los créditos hipotecarios para que las familias puedan adquirir sus viviendas, junto con dar solución habitacional a familias de sectores medios que tiene un subsidio asignado sin aplicar.

El beneficio pasa por la creación de un subsidio a la tasa de interés hipotecaria de 60 puntos base. Solo aplica para la adquisición de viviendas nuevas y será atingente para personas naturales.

Este se entregará conjuntamente con una garantía estatal, con el objetivo de conseguir una baja de interés aún mayor al monto subsidiado.

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Cabe mencionar que el beneficio no será aplicable a compraventas de promesas celebradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024, ni a créditos hipotecarios que sean novados.

Condiciones para acceder el subsidio hipotecario

El nuevo beneficio permitirá la entrega de hasta 50 mil subsidios, bajo los siguientes requisitos:

  • Debe tratarse de la primera venta efectuada sobre la vivienda.
  • El valor de la vivienda no debe superar las 4.000 UF.
  • La persona debe cumplir con los requisitos para acceder al Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva (Ley 21.543, que crea un Fondo de Garantías Especiales).
  • Debe cumplir con los demás requisitos que establezca el Ministerio de Hacienda.

De lo anteriores, 6 mil subsidios se destinarán exclusivamente a las personas naturales que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda
  • Que se trate de créditos para el financiamiento de primera vivienda
  • El valor de la unidad no debe superar las 3.000 UF
  • Que las personas postulantes cumplan con las normas del Sistema Integrado de Subsidio Habitacional y de la presente ley, entre otras normativas.

Nuevo programa Fogaes y otros cambios de la ley

El proyecto también trae cambios en el Fondo de Garantía Estatal (Fogaes), creando un nuevo programa para personas naturales de apoyo a la vivienda nueva de hasta 4 mil UF. Este tendrá una cobertura del 60% del valor del inmueble y la garantía no podrá tener un plazo superior a 15 años ni inferior a 5.

Este se encontrará vigente hasta el 31 de diciembre del año 2030 o, en su defecto, hasta 15 años después de que se otorgue el último crédito garantizado bajo este mecanismo.

Además, se crea un Programa de Garantías de Recuperación Productiva Regional, que se destinará a empresas con ventas netas anuales entre 25 mil UF y un millón de UF y que hagan actividades económicas con una clara identificación regional o local. Se excluye a la región Metropolitana.

El Fondo no podrá garantizar más del 80% del saldo deudor y tampoco garantizará financiamientos que excedan el total de 250 mil UF. La garantía del Fondo no podrá tener un plazo superior a 12 años, sin perjuicio del plazo del financiamiento por el cual se otorgue.

Un último beneficio modifica la Ley 19.281, sobre Arrendamiento de Viviendas con Promesa de Compraventa. El/la interesado/a en postular al subsidio habitacional deberá focalizarse en viviendas económicas. También permite viviendas construidas con anterioridad a la vigencia del DFL 2, de 1959, que cumplan con los requisitos de vivienda económica.

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