Este 25 de diciembre y 1 de enero, por Navidad y Año Nuevo, corresponden a feriados irrenunciables y obligatorios para la mayoría de los trabajadores del comercio. Supermercados y centros comerciales, por ejemplo, no abrirán estas jornadas.
Para dichos trabajadores, el descanso empieza a las 20:00 horas del miércoles 24 de diciembre y termina a las 06:00 horas del viernes 26 de diciembre, y lo mismo ocurrirá a las 20:00 horas del miércoles 31 de diciembre y hasta las 06:00 horas del viernes 2 de enero de 2026.
No obstante, hay rubros que están excluidos del irrenunciable, por lo que sus trabajadores deberán ejercer sus funciones esos días: restaurantes, clubes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, casinos, farmacias de urgencia o de turno, expendios de combustible y aquellas "tiendas de conveniencia" que preparen alimentos en el mismo local.
Este último grupo de trabajadores tiene derecho a un descanso bianual, del cual te contamos a continuación:
Para quienes trabajan irrenunciables: qué es el descanso bianual
Según la Dirección del Trabajo, existe el descanso bianual, el cual implica que quienes estén exceptuados de descansar dicho feriado, tienen derecho a descansar al menos una vez cada dos años. Esto aplica para los trabajadores que se mantengan contratados por el mismo empleador.
La entidad ejemplifica que, si alguien trabajó el fin de año 2024, entonces en 2025 debe obligatoriamente descansar esos días.
"Este derecho busca equilibrar las condiciones de quienes deben trabajar en estas fechas, garantizando que puedan celebrar junto a sus familias al menos cada dos años", comentó el director nacional (s) del Trabajo, Sergio Santibáñez.
‼️ Dato clave: Si trabajaste el 25 de diciembre del año pasado y continúas con el mismo empleador, te corresponde descanso este año. Este feriado y el descanso bianual aplican solo al comercio. pic.twitter.com/gAIE4fByOJ
— Dirección del Trabajo (@DirecDelTrabajo) December 23, 2025
Cabe señalar que, en caso de incumplimientos, las multas son entre 5 UTM ($347.710 al mes de diciembre de 2025) y 20 UTM ($1.390.480 al mes de diciembre de 2025), dependiendo del tamaño de cada empresa, por cada trabajador afectado. Junto a la sanción económica, los empleadores sorprendidos en infracción deberán poner término inmediato al turno y cerrar el local.