A cinco años del fallido concierto de Aerosmith en Chile, la Corte Suprema obligó a la productora "Time 4 Fun" a devolver la totalidad del dinero recibido por la venta de tickets.
Si bien el 2011 la empresa reembolsó el pago a los consumidores, se descontó el "cargo por servicio".
La sentencia establece que la empresa productora infringió la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor, al no devolver la totalidad de los importes a quienes adquirieron entradas.
Esto, debido a que el "cobro por servicio" es un contrato entre la productora y la empresa que vende los tickets, al que los consumidores ingresan "por adhesión".
El grupo de rock se presentará el próximo domingo 2 de octubre en Movistar Arena en el marco de su gira "Rock 'n Roll Rumble Aerosmith Style 2016".