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Ley contra el hilo curado

Proyecto contempla sanciones de entre 61 y 540 días de cárcel, y multas de hasta 40 millones de pesos. Iniciativa será revisada por el Senado.

24horas.cl Tvn

Jueves 13 de septiembre de 2012

Por unanimidad la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto que sanciona la fabricación, transporte, comercialización o utilización de hilo curado.

La propuesta fue originada el pasado 11 de septiembre por el diputado Leopoldo Pérez (RN), quien también ofició de informante de la Comisión de Seguridad Ciudadana y de Drogas, junto a sus compañeros de bancada Pedro Browne, Mario Bertolino, Rosauro Martínez, Cristián Monckeberg, Alejandro Santana y Frank Sauerbaum; y los diputados Pepe Auth (PPD); David Sandoval (UDI); y Matías Walker (DC).

La iniciativa, acordada también en forma unánime en la Comisión técnica, incorpora en el Código Penal un nuevo artículo 288 que indica que "el que fabricare, transportare, comercializare o utilizare cualquier clase de hilo unido o recubierto con alguna sustancia abrasiva, tales como polvo metálico, vidrio o cristal molido u otros componentes similares, que eventualmente pueda utilizarse para elevar volantines, cometas u otros semejantes, será sancionado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo (de 61 a 540 días) y multa de entre cien y mil unidades tributarias mensuales".

La norma indica también que las penas recién señaladas se podrán imponer sin perjuicio de las que correspondan a los demás delitos que se cometieren con motivo o con ocasión de la utilización del llamado "hilo curado".

Durante la sesión, la única observación al proyecto estuvo dada por la diputada María Angélica Cristi (UDI). Si bien se manifestó partidaria de la propuesta, estimó necesario también avanzar en una norma que autorice a las municipalidades del país a definir los lugares en donde se puede practicar el volantinismo de forma segura.

24Horas.cl/ con información de la Cámara de Diputados.