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Cambio de domicilio electoral: ¿dónde y cómo tramitar la solicitud desde este sábado?

Desde este 1 de enero es posible realizar la tramitación para actualizar el domicilio electoral.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Sábado 1 de enero de 2022

Desde este sábado 1 de enero se puede tramitar la solicitud del cambio de domicilio electoral y de incorporación al registro electoral.

De esta forma, quienes deseen cambiar o actualizar su domicilio electoral pueden realizar la solicitud de forma digital o, desde el lunes 3 de enero, de manera presencial.

 

Para efectuar la tramitación del cambio de comuna, región o país vía digital se puede realizar mediante el sitio web del Servicio Electoral (Servel) y necesita solamente de la Clave Única.

Además, chilenas y chilenos nacidos en el exterior podrán solicitar la incorporación al registro electoral cumpliendo con el requisito de avecindamiento. Este trámite se puede realizar en cualquier consulado de Chile en el mundo o en las direcciones regionales.

¿Qué es el domicilio electoral?

Según detalla el Servel, se entiende por domicilio electoral "aquel situado dentro de Chile, con el cual la persona tiene un vínculo objetivo, sea porque reside habitual o temporalmente, ejerce su profesión u oficio o desarrolla sus estudios en él".

 

¿Cuándo solicitar cambio de domicilio electoral?

El Servicio Electoral señaló que los cambio de domicilio electoral estarán disponibles en las siguientes fechas:

- 1 de enero de 2022 mediante Clave Única en el sitio web del Servel.

- 3 de enero de forma presencial.

Chilenas y chilenos nacidos en el exterior

Según detalla el Servel, chilenas y chilenos nacidos en el exterior podrán solicitar la incorporación al registro electoral al cumplir con el requisito de avecindamiento.

Dicho trámite es posible efectuarlo en cualquier consulado de Chile en el mundo o en las direcciones regionales.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener más de 17 años.
  • Ser ciudadano chileno.
  • Cédula de identidad o pasaporte vigente.
  • Cumplir con el requisito de avecindamiento (la Constitución establece que el elector deberá haber estado avecindado en Chile por más de un año, lo que será certificado por la Policía Internacional).
  • Completar el formulario de incorporación disponible en consulados y direcciones regionales del Serve.