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Fiestas Patrias 2019: Conoce los montos del aguinaldo para trabajadores públicos y pensionados

Revisa cómo se entregará el beneficio establecido por ley para estos grupos. También te explicamos cómo funciona para los empleados del sector privado.

24Horas.cl TVN

Lunes 26 de agosto de 2019

Faltan algunas semanas para las Fiestas Patrias, pero varios ya están pensando en cuánto será el aguinaldo que recibirán para celebrar el "18".

Es por ello que a continuación te contamos cuáles son los montos que se entregarán de aguinaldo a los trabajadores públicos y a los pensionados, ambos fijados por ley.

TRABAJADORES PÚBLICOS

En el caso de los trabajadores públicos, los montos fijados están regulados por la ley 21.126.

"El monto del aguinaldo será de $72.486.- para los trabajadores cuya remuneración líquida, que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2019, sea igual o inferior a $752.209.-, y de $50.318.-, para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad", sostiene la legislación.

PENSIONADOS

La misma normativa concede a "los pensionados del Instituto de Previsión Social, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Cajas de Previsión y de las Mutualidades de Empleadores de la ley Nº 16.744, que tengan algunas de estas calidades al 31 de agosto del año 2019, un aguinaldo de Fiestas Patrias del año 2019, de $19.535".

Este aguinaldo se incrementará en $10.022.- por cada persona que, a la misma fecha, tengan acreditadas como causantes de asignación familiar o maternal, aun cuando no perciban dichos beneficios por aplicación de lo dispuesto en el artículo 1 de la ley Nº 18.987.

SECTOR PRIVADO

Recordar que en el sector privado, los empleadores no están obligados a entregar un aguinaldo, ni menos regirse por un monto en particular. Sin embargo, si lo entregaron el año anterior, pasa a ser una obligación otorgarlo.

La Dirección del Trabajo detallan que se trata de un acuerdo tácito. "Consiste en que si yo, empleador, doy un beneficio por un determinado tiempo, aunque no esté escrito en el contrato de trabajo, ese beneficio pasa a ser parte de los derechos adquiridos del trabajador", por lo que "si un empleador ha dado por varios años aguinaldo, naturalmente ya es un derecho adquirido por los trabajadores y debe entregarlo".