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Operación Renta: Cómo acceder a la rebaja de impuestos por gastos en educación

Descubre en qué consiste y quiénes pueden acceder al beneficio que permite una devolución de hasta $112.768.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 30 de marzo de 2016

El 1 de abril comienza la Operación Renta y los contribuyentes tienen la posibilidad de rebajar los impuestos por los gastos que realizan en educación.

El beneficio

La rebaja de impuestos por gastos en educación es un beneficio dirigido a los padres que tengan hijos estudiando y que se implementó en la reforma tributaria del año 2012.

Para este año, el monto de la devolución alcanza un máximo de $112.768 (4,4 UF) por cada hijo. El beneficio se divide en partes iguales, entre ambos.

Requisitos para acceder a la devolución

  • El padre y/o la madre deben haber tenido una renta mensual superior a $606.893, o bien una renta anual superior a $7.282.710, lo que los hace contribuyentes del Impuesto Único de Segunda Categoría o del Impuesto Global Complementario.
  • La suma anual de las rentas totales del padre y de la madre no debe exceder de la cantidad equivalente a 792 UF ($20.298.239). Si en conjunto exceden de dicha cantidad, ninguno de ellos tendrá derecho a la citada rebaja.
  • Los hijos deben ser menores de 25 años al 31 de diciembre de 2015.
  • Los hijos deben estar matriculados en una institución de enseñanza pre escolar, básica, diferencial y/o media, reconocida por el Estado, y tener un mínimo de asistencia del 85% (o menor cuando exista algún impedimento justificado o en casos de fuerza mayor).

Aquí puedes revisar el listado de instituciones que están reconocidas por el Estado y por ende permiten acceder a la rebaja de impuestos.

 

Cómo acceder al beneficio

Antes de enviar la declaración

  • Los padres, de común acuerdo, podrán optar por designar a uno de ellos como el beneficiario del 100% de la rebaja. Para manifestarlo, deben realizar una Declaración Jurada Simple, antes de la declaración anual de renta en abril. Si no lo hacen, el monto de hasta $112.768 se dividirá en partes iguales entre ambos padres.
  • El SII recomienda utilizar el Simulador del beneficio por gastos en educación, el que luego de ingresar sus datos, permitirá verificar si puede postular al beneficio y cuál es el monto de rebaja al que podría acceder. Este simulador está disponible en menú Renta.
  • Para realizar la Declaración Jurada Simple de Cesión de Beneficio ingrese al menú de renta.

Al momento de realizar la declaración

  • Al momento de hacer su Declaración Anual de Impuesto a la Renta, se le solicitará hacer uso del Asistente para el Cálculo del Crédito por Gastos en Educación, con el fin de que el SII pueda proporcionar una Propuesta de Declaración para el año tributario 2016.
  • Una vez ingresados los datos, y si se cumplen los requisitos, se presentará la Propuesta de Declaración que incluirá la rebaja de impuestos por gastos en educación. En caso de cumplir con los requisitos para acceder al beneficio y no se despliegue dicho asistente, podrá declarar este beneficio en el código 895 sobre crédito por gasto de educación.

Para tener en cuenta

Quienes quieran acceder al beneficio, no es necesario informar el número de hijos ni acreditar los gastos que han realizado los padres, así como tampoco datos como el porcentaje de asistencia, ya que esa información será proporcionada por los establecimientos o instituciones que correspondan.

Revisa si cumples con los requisitos a través de este simulador

Para visualizar el simulador en otra pestaña Haz Click Aquí.