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Postergación del crédito hipotecario: Los requisitos para acceder al beneficio

El solicitante deberá acreditar que ha experimentado una disminución de al menos 25% del ingreso mensual, entre otras condiciones.

24horas tvn

Jueves 17 de diciembre de 2020

Este miércoles, la Cámara de Diputados y Diputadas despachó el proyecto de ley que permite la postergación de los créditos hipotecarios y crea garantía estatal para caucionar el pago de las cuotas postergadas.

La nueva ley asegura que bancos, instituciones financieras, cooperativas, agentes administradores de mutuos y compañías de seguros puedan otorgar créditos de postergación a sus deudores de obligaciones garantizadas con hipoteca, cuando estos últimos lo soliciten.

Para efectos de esta ley, se entenderá que las cuotas del crédito hipotecario que se pagan con el crédito de postergación incluyen los intereses, amortizaciones y seguros u otros gastos asociados a él, que correspondan ser pagados por el deudor al acreedor. En tanto, los seguros que se contraten en virtud de la celebración de un contrato de crédito de postergación, serán voluntarios y no podrán tener un costo superior a los contratados en virtud del respectivo crédito hipotecario.

Asimismo, el proyecto también fija las obligaciones de los créditos hipotecarios y de postergación, los que podrán ser respaldados adicionalmente a la correspondiente hipoteca, con una garantía estatal otorgada por el Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (Fogape).

Para ello, el legislador dispuso un plazo de 60 meses por un monto máximo equivalente a seis cuotas del crédito hipotecario cuyas cuotas fuesen pagadas con el crédito de postergación. Los créditos hipotecarios que caucione la mencionada garantía estatal solo podrán corresponder a créditos destinados a financiar la adquisición de inmuebles cuyo avalúo comercial, al momento de la suscripción del contrato de crédito hipotecario, no supere las 10.000 U.F.

Asimismo, se efectúan adecuaciones a la Ley Fogape, por medio de artículos transitorios, para hacer posible el nuevo uso de esta herramienta financiera.

Requisitos mínimos para acceder a la postergación


1. Haber experimentado una disminución de al menos 25% del ingreso mensual;
2. Que el crédito hipotecario a postergar se haya contratado para adquirir la vivienda principal del deudor;
3. Que la mencionada vivienda tenga un avalúo comercial, que, al momento de solicitar el crédito hipotecario original, no haya superado las 10.000UF;
4. El crédito hipotecario que se solicita postergar no debe tener mora superior a los 30 días.