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¿Quiénes no podrán recibir el Ingreso Laboral de Emergencia y qué restricciones tiene?

El beneficio, que tiene el objetivo de ayudar a los trabajadores y fomentar la creación de empleos, considera una serie de requerimientos y restricciones que es mejor conocer.

24Horas.cl Tvn

© Aton

Jueves 12 de agosto de 2021

Tras el anuncio del gobierno sobre la creación del Ingreso Laboral de Emergencia, el ministerio del Trabajo dio a conocer una minuta en la que se entregan detalles respecto a los requisitos, compatibilidades y exclusiones del beneficio, según indicó El Mercurio.

Recordemos que la ayuda es un subsidio al empleo que consiste en un aporte mensual que se pagará directamente a los trabajadores que encuentren un empleo formal durante este año.

Se le pagará directamente al trabajador y se sumará a las remuneraciones que ellos obtengan.

Además, para las mujeres, el ILE pagará un 60% de su salario, con un tope mensual de $250.000, y, en el caso de los hombres, será de un 50%, con un tope de $200.000 mensuales.

A este beneficio podrán optar quienes perciban un sueldo igual o inferior a tres ingresos mínimos.

 

¿Cuáles son los requerimientos para obtener el beneficio?

  • Se debe mantener la condición de trabajador dependiente, por lo que el subsidio finaliza con el término de la relación laboral.

  • Bastará con que el empleador, al menos, realice la declaración y no pago de las cotizaciones previsionales durante la vigencia del beneficio (pensión o salud).

  • Renta mínima bruta del trabajador debe ser igual o menor a tres ingresos mínimos durante la vigencia del beneficio.

 

¿Cuáles son las causales de suspensión?

  • No puede existir declaración ni pago de cotizaciones durante dos meses consecutivos mientras dure el beneficio.
  • También se considera que el trabajador haya sido suspendido según las disposiciones de la Ley de Protección del empleo.
  • Que el trabajador beneficiario acceda auna licencia médica mientras obtiene la ayuda.

¿Cuáles son las restricciones?

  • El trabajador con múltiples empleadores solo podrá recibir un Ingreso Laboral de Emergencia.

 

¿Y las compatibilidades?

  • Hay compatibilidad con el subsidio Contrata, por lo que empleador y trabajador pueden estar subsidiados.
  • Una trabajadora puede recibir el subsidio Protege y el ILE: por haber iniciado una nueva relación laboral y para destinar al cuidado de sus niños menores de dos años.
  • También es compatible la reducción temporal de la jornada de trabajo
  • Con el Ingreso Familiar de Emergencia.
  • Con el Ingreso Mínimo Garantizado.
  • El bono Trabajo Mujer
  • El subsidio Empleo Joven.

¿Quienes no pueden obtenerlo?

  • Trabajadores que estén recibiendo algunos de los beneficios establecidos en la Ley de Crianza Protegida.
  • Aquel que tenga los efectos del contrato de trabajo suspendidos de acuerdo a la Ley de Protección del Empleo.
  • Los trabajadores del sector público.
  • Empleados que estén gozando de licencia médica al momento de la solicitud (considera pre y posnatal).