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Subsidio Familiar: Conozca en qué consiste y quiénes pueden postular al beneficio

La ayuda dura tres años desde el primer mes en que se empieza a percibir un monto que asciende a los $10.269 y se puede postular durante todo el año.

24Horas.cl TVN

Viernes 8 de abril de 2016

El Instituto de Previsión Social (IPS) cuenta con un beneficio denominado Subsidio Familiar (SUF), el que entrega un aporte para cada carga menor de 18 años, que tengan derecho a prestaciones de diferentes ámbitos de la salud.

La iniciativa dura tres años desde el primer mes en que se empieza a percibir un monto que asciende a los $10.269

¿QUIÉNES PUEDEN POSTULAR?

De acuerdo al IPS, corresponde a personas de "escasos recursos que no acceden a la Asignación Familiar porque no son trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional (beneficiarios)".

 

Asimismo, los causantes deben tener hasta 18 años de edad, vivir a expensas de la o el beneficiario y cumplir los siguientes requisitos:

  • Pertenecer al Registro Social de Hogares y pertenecer a hogares del 60% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad.
  • No percibir una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. No se considera renta para estos efectos la pensión de orfandad.
  • Participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil hasta los 8 años, lo que se debe acreditar todos los años.
  • En el caso de niñas y niños mayores de 6 años se debe acreditar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por éste.

NO ES COMPATIBLE CON...

El organismo publicó que la cooperación no es compatible con la Asignación Familiar, Pensión Básica Solidaria y el Subsidio de Discapacidad Mental. Ante ello, si se es acreedor del SUF y alguno de los tres beneficios anteriormente mencionados, se deberá escoger entre alguno de ellos.

¿CÓMO POSTULAR?

Las personas interesadas en acceder a la medida deben postular durante todo el año por escrito a través de la Municipalidad pertinente a su lugar de residencia.

El pago se efectúa mediante el IPS, Caja de Compensación Los Hérores o el BancoEstado.

Para tener mayores detalles de la ayuda, puedes pinchar AQUÍ.