Este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó a un hospital y un servicio de salud a pagar indemnización a una paciente que sufrió abusos mientras se encontraba internada en el centro asistencial y a su familia.
Si bien se ratificó la responsabilidad de las entidades de salud, la Corte rebajó el monto de la indemnización por el daño moral causado a la víctima directa y lo fijó en $30 millones.
“Que esta Corte coincide con las conclusiones fácticas del fallo apelado ya referidas, sobre las cuales, como ya indicó, no hubo mayor controversia, y que también se tuvo correctamente establecido, que tales hechos le provocaron daño sicológico tanto a la víctima directa, como a sus padres", consignó el fallo.
En esa misma línea, "el primer aspecto de la discusión, se centra en determinar sí el perjuicio establecido, es consecuencia de una acción u omisión imputable a la parte demandada, en cuanto configure la hipótesis de falta de servicio".
La sentencia continúa: “Que este tribunal también considera que se tuvo correctamente establecido, que tales hechos le provocaron daño sicológico tanto a la demandante como a sus padres, pero no respecto de sus hijos demandante, respecto quienes no se rindió prueba suficiente".