El Ministerio de Transportes, a través de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (Conaset), y el Instituto de Salud Pública (ISP), presentaron el primer etiquetado de medicamentos que advierte sobre posibles efectos en la conducción de vehículos y operación de maquinarias.
Con motivo de esta medida, las farmacéuticas deberán poner un sello de advertencia —un automóvil dentro de un triángulo rojo— en el envase de aquellos medicamentos cuyos principios activos puedan afectar la concentración, somnolencia, los reflejos o la coordinación de quienes los consumen.
"Esta alerta es para que las personas tomen conciencia de que ciertos medicamentos podrían tener un riesgo conducir, tanto maquinaria pesada, como vehículos de locomoción colectiva o individuales. El objetivo es disminuir los accidentes bajo esta causa", sostuvo Catterina Ferreccio, directora del ISP.
Cabe mencionar que los sellos buscan advertir —no prohibir— sobre los riesgos asociados al uso de ciertos medicamentos antes de conducir. Estos forman parte de la Estrategia Nacional de Seguridad de Tránsito 2021–2030, que promueve políticas de prevención y educación vial para reducir los siniestros de tránsito.
Principios activos que tendrán sellos
No solamente los medicamentos psiquiátricos tendrán sellos, sino que también aquellos para casos de alergias, resfríos, migrañas, dolor o incluso tratamientos con insulina, muchos de ellos disponibles sin receta médica.
El ISP determinó una serie de principios activos sobre los cuales dichos medicamentos deberán contar con este etiquetado. Algunos son:
- Clonazepam
- Lorazepam
- Tramadol
- Codeína
- Clorfenamina
- Metamizol
- Entre otros

Aplicación del nuevo etiquetado
Este nuevo etiquetado se enmarca en la Resolución Exenta N°6.267 del Instituto de Salud Pública, que establece la obligatoriedad del rotulado en productos farmacéuticos que contengan principios activos con efectos secundarios capaces de reducir la capacidad de reacción o atención al volante, a partir del 29 de octubre cuando fue publicado en el Diario Oficial.
Respecto de su implementación, el jefe de la Agencia Nacional de Medicamentos (ANAMED) del ISP, Jorge Canales, indicó que "se establecieron dos grandes plazos: hasta 36 meses para los productos farmacéuticos ya registrados. O bien, aplicación inmediata en aquellos medicamentos que ya cuenten con estos principios activos, pero cuyo stock original de mercado se haya agotado".