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Corte Suprema ratifica absolución a Fuente-Alba y su esposa, Anita María Pinochet

El Máximo Tribunal descartó cualquier error de derecho en la sentencia previa, enfatizando que la Fiscalía no logró superar el estándar de la "duda razonable".

Aton

Suprema confirma que no hubo pruebas para condenar a Fuente-Alba y su esposa

Martes 3 de febrero de 2026

La Corte Suprema rechazó recurso de nulidad en contra de la sentencia que absolvió al excomandante en Jefe del Ejército Juan Miguel Fuente-Alba Poblete y su cónyuge Anita María Pinochet Ribbeck, como autores del delito de lavado de activos, en relación al delito de malversación de caudales públicos.

En la sentencia (rol 38.933-2024) la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por el ministro Manuel Antonio Valderrama, las ministras María Angélica Repetto, María Cristina Gajardo, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Juan Carlos Ferrada- descartó error en la sentencia impugnada.

“Que, en consecuencia, la prueba rendida en juicio no resultó suficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, que los acusados incorporaran al sistema formal, el dinero en efectivo proveniente del subyacente de malversación de caudales públicos, esto es, que se hayan efectuado actos de colocación, de la precisa forma en que venía postulándose en la acusación y en algunas de las modalidades descritas en sus diversos capítulos, insuficiencia probatoria que determinó la absolución de los acusados, y no la comprensión errónea del ilícito por parte de las juzgadoras”, dice el fallo.

Con esto, el Máximo Tribunal descartó cualquier error de derecho en la sentencia previa, enfatizando que la Fiscalía no logró superar el estándar de la "duda razonable". Entre los argumentos destacados por la Sala se encuentran:

  • Deficiencia en la prueba de cargo: La justicia determinó que no se acreditaron actos de "colocación" de dinero ilícito. Según el fallo, la acusación no pudo precisar de qué forma el efectivo proveniente de gastos reservados se inyectó en el sistema financiero.

  • Justificación patrimonial: La defensa logró demostrar que el patrimonio del matrimonio Fuente-Alba Pinochet tenía un origen previo al periodo investigado, incluyendo herencias, inversiones de larga data y ahorros por comisiones en el extranjero.

  • Patrones de conducta: Lo que los investigadores tildaron de "sospechoso" (como la compra de vehículos de lujo), se comprobó que era una práctica habitual y documentada de los acusados desde décadas anteriores.

En este contexto, el fallo subraya las inconsistencias en los informes periciales del Ministerio Público. Se reveló que los análisis no consideraron adecuadamente los pasivos (deudas) ni el patrimonio preexistente de los acusados, lo que debilitó la tesis de un "incremento patrimonial injustificado".

Finalmente, en los párrafos finales del aludido fundamento 46°, la judicatura concluyó: “Tras un exhaustivo análisis de la evidencia presentada, el Tribunal no pudo acreditar el cargo de la acusación relativo al aumento de patrimonio de los acusados Juan Miguel Fuente-Alba Poblete y Anita María Pinochet Ribbeck”.

Y agregó que “las discrepancias significativas entre las probanzas incorporadas y la información contenida en la imputación impidieron establecer con certeza las cifras concretas que sirvieran de referencia para determinar un incremento patrimonial injustificado”.

Con este veredicto, la arista penal por lavado de activos queda cerrada definitivamente, aunque persisten otros procesos relativos a la justicia militar y el perjuicio fiscal.