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Vendedores de marketplace deberán estar formalizados en el SII desde enero

En el marco de la implementación de la medida, el SII destacó que el inicio de actividades para una persona o empresa es "obligatorio siempre".

24horas.cl

Venta por marketplace

Martes 30 de diciembre de 2025

A partir de esta semana, puntualmente desde el 2 de enero, las personas que venden en marketplace u otras plataformas digitales deberán estar formalizadas y con inicio de actividades en el Servicio de Impuestos Internos (SII), según recordó la entidad.

La medida surge en el marco de la Ley de Cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, que, en líneas generales, busca combatir la evasión de impuestos.

Desde el SII enfatizaron en que el inicio de actividades para una persona o empresa es "obligatorio siempre". "Cuando una persona efectúa una operación comercial, vende algo, o presta un servicio, tiene que tener inicio de actividades", indicaron.

Bajo este contexto, desde el 2 de enero, no solo los marketplaces deberán exigir inicio de actividades, sino que también las instituciones públicas y municipalidades, los operadores de medios de pago, las plataformas intermediadoras y bancos.

¿Cómo iniciar actividades en el SII?

El Servicio dispuso un portal llamado "Mi negocio cumple", el cual busca simplificar el proceso de inicio de actividades en pocos pasos. En concreto, deberás:

  • Ingresa a la sección "Mi Negocio Cumple"
  • Luego de autenticarte con tu RUT y clave tributaria, selecciona la opción Inicio de Actividades.
  • También podrás emitir boletas de honorarios o de ventas y servicios y presentar tu declaración mensual de impuestos, utilizando la propuesta del Servicio.

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¿Quiénes deben exigir inicio de actividades?

  • Todos los órganos de la administración del Estado, gobiernos regionales y municipalidades deben exigirlo a quienes requieran una autorización para desarrollar una actividad económica, incorporándolo como requisito.
  • Los administradores, operadores o proveedores de medios de pago electrónico, a quienes contraten sus servicios para desarrollar una actividad económica.
  • Los operadores de plataformas digitales de intermediación, como los marketplaces, que permitan efectuar transacciones entre terceros para la adquisición de bienes o servicios, quienes deberán exigir el inicio de actividades a quienes ofrezcan productos o servicios a través de sus plataformas.
  • Los Bancos comerciales, a los solicitantes de créditos o préstamos cuando correspondan a una persona jurídica u otro tipo de entidad empresarial, incluido el empresario individual.