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Ley que Tipifica el Suicidio Femicida: Ministra Orellana explicó que pretende "mejorar el acceso a la justicia"

"En el caso de que ocurra un suicidio con ocación de violencia de género, se deberá investigar si existe este delito en el que se induce por parte del agresor o se lleva a una situación en que la única escapatoria posible que se observa, es el suicidio", explicó la ministra de la Mujer y Equidad de Género.

24horas.cl

Lunes 19 de diciembre de 2022

El Presidente Gabriel Boric promulgó la ley que tipifica la inducción al suicidio y el suicidio femicida, en el marco de la conmemoración del Día Nacional contra el Femicidio.

La ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, explicó la iniciativa en Canal 24 Horas, explicando que pretende "mejorar el acceso a la justicia de quienes denuncian violencia sexual".

"En el caso de que ocurra un suicidio con ocación de violencia de género, se deberá investigar si existe este delito en el que se induce por parte del agresor o se lleva a una situación en que la única escapatoria posible que se observa, es el suicidio. Todo debe ser parte de la hipótesis de investigación que se lleva a tribunales", agregó la jefa de cartera.

Agregó también que "tiene que ver con la historia de Antonia Barra y todo lo que viven las mujeres y quienes denuncian violencia sexual, tiene que ver con la revictimización, cuestionamientos, prejuicios y falta de toma oportuna de pruebas y testimonios".

De igual manera la ministra Orellana enfatizó que la promulgación de la Ley "es un paso importante, pero buscamos potenciar aún más a través de la aprobación de la ley integral contra la violencia, buscando que se enjuicie a los denunciados no a los denunciantes".

INDICACIONES EN LA LEY

  • Busca que se reconozca como víctimas a las hijas e hijos de las mujeres víctimas de femicidio en cualquiera de sus grados (tentado, frustrado o consumado), a las personas bajo su cuidado, a sus familiares y a quienes tengan su representación jurídica.
  • Busca establecer la obligación de todos los órganos del Estado de articular medidas de protección social con preferencia hacia estas víctimas y, además, establecer una pensión para los hijos e hijas de mujeres víctimas de femicidios consumados.