Este viernes el Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la candidatura a diputado de Daniel Jaude (PC) luego de que Renovación Nacional apelara para "impugnar la candidatura" del exalcalde de Recoleta.
En el fallo estimaron lo siguiente: "Se revoca la sentencia apelada de tres de septiembre de dos mil veinticinco, escrita a fojas 137 y siguientes (TCE) y, en su lugar se declara que se acoge la reclamación interpuesta por don Marcelo Alejandro Brunet Bruce y, en consecuencia, se dispone excluir del Padrón Electoral Auditado, a don Óscar Daniel Jadue Jadue".
Además, detallaron que, "por tanto, atendido lo informado por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en orden a que el señor Óscar Daniel Jadue Jadue tiene la calidad de acusado desde el 7 de agosto de 2025, presentación sobre la cual recayó la resolución judicial de 11 del mismo mes y año, se dan a su respecto los presupuestos regulados en el artículo 16 N°2 de la Constitución Política de la República para la suspensión del derecho a sufragio".
Cabe señalar que, anteriormente, el Segundo Tribunal de la región Metropolitana definió que Daniel Jaude sí podrá ir como candidato a diputado, pero desde Renovación Nacional apelaron al Tricel.
Marcelo Brunet, el abogado de RN, señaló que, "el fallo del Tribunal Electoral es un fallo de voto dividido que señala en la parte del voto minoritario los mismos argumentos que nosotros hemos venido planteando, que Daniel Jadue no puede ser candidato".
Argumentó que, "no puede ser candidato porque el concepto de acusado que establece el artículo 16 de la Constitución es muy claro y no admite distinciones".