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Servel ingresa denuncia contra la candidata del PDG Karla Añes

Según lo detallado a través de un comunicado, la denuncia se efectuó por “los hechos que eventualmente podrían configurar la comisión de los delitos previstos en los artículos 210 y 212 del Código Penal o de otras figuras delictivas que el Ministerio Público determine".

24horas.cl

Viernes 5 de mayo de 2023

Durante la tarde de este viernes el Servicio Electoral (Servel), mediante un oficio, ingresó la denuncia contra la candidata del Partido de La Gente (PDG), Karla Añesinscrita como opción a integrar el Consejo Constitucional por la región de Arica y Parinacota.

Según lo detallado a través de un comunicado, la denuncia se efectuó por “los hechos que eventualmente podrían configurar la comisión de los delitos previstos en los artículos 210 y 212 del Código Penal o de otras figuras delictivas que el Ministerio Público determine".

Asimismo, agregaron que Añes, presentó "su declaración de candidatura a miembro del Consejo Constitucional, sin haber solicitado previamente al Senado la rehabilitación de la ciudadanía, y con secuencialmente, sin una declaración del Senado". Por lo tanto, la candidata "faltó a la verdad".

Agregaron que "declaró bajo juramento, cumplir con los requisitos constitucionales y legales y no estar afecta a las inhabilidades establecidas en la Constitución Política para postular a ser integrante del referido Consejo Constitucional, por la circunscripción senatorial N°1 y ser elegida como tal, en circunstancias que no cumplió con dichos requisitos".

De igual forma establecieron que el artículo 210 del Código Penal, señala que “el que ante la autoridad o sus agentes perjuraré o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.

Por lo tanto, los hechos denunciados podrían estimarse constitutivos del ilícito tipificado en el artículo 212 del Código Penal, que menciona que: “el que fuera de los casos previstos en los artículos precedentes faltare a la verdad en declaración prestada bajo juramento o promesa exigida por ley, será castigado con la pena de prisión en cualquiera de sus grados o multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales”