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Convención aprueba consagrar los derechos de autor en el borrador de nueva Constitución

El texto indica que "la Constitución asegura a todas las personas la protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales, científicas y artísticas, comprendiendo los derechos morales y patrimoniales sobre ellas".

24 Horas.cl

Aton

Jueves 28 de abril de 2022

Esta tarde el pleno de la Convención aprobó una norma que consagra los derechos de autor, por lo que pasará a formar parte del borrador de nueva Constitución que la ciudadanía deberá votar el 4 de septiembre. El artículo ha sido uno de los más comentados dentro de la comisión de Sistemas de Conocimientos y ha sido objeto de la atención del mundo artístico.

Cabe señalar que, a inicios de abril, el pleno ya había discutido un artículo referente a este tema, sin embargo, fue rechazado y devuelto a comisión luego de que su redacción no generara consenso entre los convencionales. Ese día, el excongreso se llenó de artistas a nivel nacional, quienes solicitaban su aprobación.

"La propuesta es fruto de un amplio consenso entre los integrantes de la comisión, escuchando las distintas voces y miradas adentro y afuera de la Convención, así como las posiciones de las organizaciones sociales y expertos que nos ayudaron a llegar a esta redacción", señaló la co-coordinadora de dicha comisión, Malucha Pinto.

La iniciativa, que consiguió en su primer inciso 115 votos a favor, 13 en contra y 25 abstenciones, señala que "la Constitución asegura a todas las personas la protección de los derechos de autor sobre sus obras intelectuales, científicas y artísticas, comprendiendo los derechos morales y patrimoniales sobre ellas, en conformidad y por el tiempo que señale la ley, que no será inferior a la vida del autor".

Asimismo, la propuesta aprobada también consigna que la Constitución "asegura la protección a los derechos de intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, de conformidad a la ley".

Carolina Vilches (MSC) manifestó que "el acceso a la cultura debe estar garantizado en esta nueva Constitución (...) Sin embargo, este no puede ser a costa de explotar a las y los trabajadores del arte, sin cosificarles ni dejarles al margen de lo que es su obra artística".

La norma inlcluso recibió buenos comentarios desde la Asociación Chilena de Publicidad. La Directora Ejecutiva de la entidad, Alejandra Ferrari, declaró que "valoramos la consagración de los Derechos de Autor a nivel Constitucional, pues permite que miles de personas que viven de sus ideas, puedan tener todas las certezas necesarias para seguir utilizando su capital en pos de generar cultura y oportunidades de negocio".

No obstante, el articulado fue fuertemente criticado por integrantes de Vamos por Chile, quienes se mostraron disconformes por no incluir en la norma la propiedad de los autores sobre sus obras.

Harry Jürgensen expuso que el artículo "protege los derechos del autor sobre sus obras, intelectuales, científicas y artísticas, pero no es lo mismo que consagrar la propiedad sobre las creaciones intelectuales, científicas y artísticas, sobre todo los derechos del autor y patrimoniales y morales. ¿Por qué cuesta tanto en esta Convención usar el concepto de propiedad, cuando es el derecho fundamental que impulsa el desarrollo del ser humano?".

En la ocasión también se rechazo una indicación del Convencional Ricardo Neumann (Vamos por Chile) de la propiedad industrial, el cual garantizaba que "la propiedad sobre las patentes de invención, marcas o signos distintivos, modelos, procesos tecnológicos y otras producciones análogas en los plazos y condiciones que establezca la ley".

Asimismo se rechazó otra propuesta de la comisión sobre propiedad industrial, en la que se indicaba que "la Constitución asegura la protección de los diversos títulos de protección de propiedad industrial. La ley regulará los derechos que se confieren a su titular, su duración y las limitaciones derivadas de su función social".

DOMINIO PÚBLICO

La segunda propuesta de la comisión también consideraba un inciso sobre el dominio público, el cual fue rechazado con 83 votos a favor, 52 en contra y 17 abstenciones. Este indicaba que "el Estado adoptará las medidas necesarias para el fortalecimiento y divulgación del dominio público".

Desde la derecha, Ricardo Neumann (Vamos por Chile) argumentó que el texto "establece al Estado la obligación activa de promover el dominio público sin limitación alguna", agregando que "es dominio público de manera pura y simple, y los artistas no están contentos con este inciso".

Crítica que fue compartida por algunos gremios artísticos, pues desde la Unión Nacional de Artistas habían comunicado que este párrafo en particular "abre una amplia puerta para que el Derecho de Autor sea sistemáticamente transgredido".

Entre los constituyentes que estuvieron en contra de dichos argumentos estuvo Paulina Valenzuela (INC), quien comentó en el debate que este articulado "no expropiará las creaciones de ningún autor, de nadie, así lo señalan los tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile y nuestra legislación. Pensar que el fortalecimiento del dominio público va a permitir la expropiación de obras es muy similar a pensar que porque hay un sistema público de salud se eliminará el privado".

Francisco Caamaño (Pueblo Constituyente) expuso que el inciso "no choca con los derechos de autor bajo ninguna circunstancia, debido a que el dominio público son todas las obras que ya expiró el derecho de autor, que contiene un patrimonio intelectual que ya está libre de toda exclusividad y de acceso y utilización".