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Pocos pueden: Los requisitos para cambiarse al antiguo sistema de pensiones

Debido a la naturaleza de los antecedentes que exige la Superintendencia de Pensiones para realizar el trámite, este sólo está limitado para un número muy menor de la población.

Sebastián Mora

Viernes 8 de julio de 2016

La última actualización de la esperanza de vida en el país, la cual llegará hasta los 90,3 años, en el caso de las mujeres, y a los 85,2 años en los hombres, implicó una baja del 2% en las pensiones para quienes se jubilaron de su AFP a partir del 1 de julio

La razón es que ahora la cantidad de dinero recaudado por un trabajador deberá ser dividido en una cantidad mayor de tiempo, disminuyendo por consiguiente el dinero a recibir de forma mensual (ver nota y video que explican estos cambios).

Si a ello se le suman las categóricas diferencias entre el sistema de AFP -al cual están afiliados más de 10 millones de chilenos- con pensiones de $187 mil en promedio, Capredena ($730 mil) y Dipreca ($733 mil), han surgido muchas dudas sobre si es posible volver a la antigua modalidad, consistente en sistema de reparto similar al que tienen hoy en día los uniformados.

QUÉ DICE LA LEY: ¿ES POSIBLE VOLVER AL ANTIGUO SISTEMA DE REPARTO?

La Superintendencia de Pensiones (SP) indica que sí, esta opción está disponible actualmente luego de la ley N°18.225, que sólo permite a algunos afiliados del actual sistema de AFP volver a la antigua modalidad.

Lo importante es que los aludidos deben estar cotizando en alguna AFP y haber impuesto en la anterior forma. Asimismo, es necesario que estén en alguna de estas dos condiciones:

  • No tener derecho al Bono de Reconocimiento (ver detalle más abajo).
  • Ser merecedor del Bono de Reconocimiento (por contar con al menos una imposición en el sistema antiguo después del 1 de julio de 1979 y hasta antes del traspaso a una AFP),  y que al mismo tiempo, tengan a lo menos 60 cotizaciones anteriores a julio de 1979.

El organismo indicó que, actualmente, existen 514.444 jubilados con el antiguo sistema, cuyos montos recibidos dependen de las ex Cajas de Pensión.

Sin embargo, debido a la naturaleza de los requisitos que exige la SP para realizar el trámite, este sólo estaría limitado para un número menor de la población.

IMPORTANTE: Quedarán inhabilitados de esta opción aquellos que, independiente que cumplan los requisitos anteriormente explicados, ya estén pensionados por el sistema de AFP.

QUÉ SE ENTIENDE POR BONO DE RECONOCIMIENTO

La Superintendencia de Pensiones lo cataloga como un monto entregado por el Estado a los trabajadores que decidieron dejar el antiguo sistema para afiliarse a una AFP.

El dinero recibido dependerá de las cotizaciones registradas por la persona hasta antes del ingreso a la actual forma, y es sumado a su Cuenta de Capitalización para ser cobrada al momento de jubilarse o al momento de su fallecimiento.

Recordar que las AFP fueron creadas en el año 1980 bajo la dictadura militar de Augusto Pinochet, obligando el ingreso al sistema actual a las personas que empezaban a trabajar como dependientes desde el 1 de enero de 1983.

SI CUMPLO LOS REQUISITOS, ¿CUÁL ES EL TRÁMITE A EFECTUAR?

El proceso para todo solicitante es el siguiente:

  • Solicitar a su AFP un formulario de solicitud de desafiliación.
  • Posteriormente, a AFP entregará al Instituto de Previsión Social un expediente del ciudadano, para luego ser reenviado a la Superintendencia de Pensiones.
  • La SP aprobará o no la petición para luego notificar la conclusión al IPS y la AFP involucrada.
  • La AFP notificará el resultado a la persona y el empleador de la misma.
  • Finalmente, el empleador deberá iniciar el pago de cotizaciones en la institución de previsión que indique el dictamen de la Superintendencia.