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Los representantes regionales serán por primera vez elegidos por sufragio universal. Revisa sus atribuciones, cuántos corresponden por cada zona y cuáles son los candidatos.

José Morgado

Sábado 16 de noviembre de 2013

Por primera vez en la historia y debutando en las elecciones parlamentarias y presidenciales del 17 de noviembre, los consejeros regionales serán elegidos por sufragio universal.

El cargo, pese a ser una parte fundamental de los próximos comicios, sigue siendo desconocido para una gran cantidad de chilenos.

¿Qué hacen y quiénes son? Entérate en 24Horas.cl.

 

¿QUÉ ES UN CONSEJERO REGIONAL?

Los consejeros regionales son aquellas personas naturales que componen los Consejos Regionales a lo largo del país.

El Consejo Regional, conjuntamente con el Intendente, forma parte del Gobierno Regional, y tiene por finalidad hacer efectiva la participación de la comunidad regional y estar investido de facultades normativas, resolutivas y fiscalizadoras.

 

¿CUÁLES SON SUS ATRIBUCIONES?

El Core es responsable de:

- Aprobar el reglamento que regule su funcionamiento, en el que se podrá contemplar la existencia de diversas comisiones de trabajo.

- Aprobar los reglamentos regionales.

- Aprobar los planes regionales de desarrollo urbano, los planes reguladores metropolitanos y los planes reguladores intercomunales propuestos por la secretaría regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.

- Aprobar los planes reguladores comunales y los planes seccionales de comunas que no formen parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, previamente acordados por las municipalidades, en conformidad con la ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre la base del informe técnico que deberá emitir la secretaría regional ministerial de Vivienda y Urbanismo respectiva.

Infografía: Gobierno de Chile

- No obstante lo anterior, le corresponderá pronunciarse sobre los planes reguladores comunales y los planes seccionales de comunas que, formando parte de un territorio normado por un plan regulador metropolitano o intercomunal, hayan sido objeto de un informe técnico desfavorable de la secretaría regional ministerial de Vivienda y Urbanismo, sólo respecto de aquellos aspectos que hayan sido objetados en dicho informe.

- Aprobar, modificar o sustituir el plan de desarrollo de la región y el proyecto de presupuesto regional, así como sus respectivas modificaciones, sobre la base de la proposición del intendente.

- Fiscalizar el desempeño del intendente regional en su calidad de presidente del consejo y de órgano ejecutivo del mismo, como también el de las unidades que de él dependan, pudiendo requerir del intendente la información necesaria al efecto.

 

¿CÓMO SE ELIGEN?

Los consejeros regionales serán elegidos por sufragio universal, en votación directa, en elecciones que se realizarán cada cuatro años, en conjunto con las elecciones parlamentarias. El sistema electoral utilizado es proporcional, similar al que se usa para los concejales.

Para elegir consejeros regionales, al igual que toda otra elección se debe marcar sólo una preferencia.

 

¿CUÁNTOS SE ELIGEN?

Dependerá de la población de habitantes de cada región, consignada en el último censo nacional oficial.

Cada consejo estará integrado por:

- 14 consejeros en las regiones de hasta cuatrocientos mil habitantes

- 16 consejeros en las regiones de más de cuatrocientos mil habitantes

- 20 consejeros en las regiones de más de ochocientos mil habitantes

- 28 consejeros en las regiones de más de un millón quinientos mil habitantes; y 34 consejeros en las regiones de más de cuatro millones de habitantes.

CANDIDATOS