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Plebiscito de Salida: revisa si es feriado irrenunciable y qué negocios abrirán el domingo

El 4 de septiembre la ciudadanía deberá acudir de forma obligatoria a las urnas para aprobar o rechazar la propuesta de nueva Constitución.

24horas.cl

Jueves 1 de septiembre de 2022

El próximo domingo 4 de septiembre se llevará a cabo una jornada histórica en Chile: el Plebiscito de Salida, ocasión en la que la ciudadanía deberá decidir si aprueba rechaza la propuesta de nueva Constitución elaborada por la Convención.

Las elecciones serán de carácter obligatoriopor lo que toda persona que tenga domicilio electoral en el país deberá acudir a sufragar a las urnas. De lo contrario, se arriesgan a multas de hasta 180 mil pesos.

Domingo 4 de septiembre: ¿ Feriado irrenunciable o no?

De acuerdo con información entregada por el Gobierno, el día del Plebiscito Constitucional se considera un feriado obligatorio e irrenunciable durante la jornada electoral para los trabajadores del comercio.

Esto aplicará específicamente para quienes trabajen en malls, strip centers u otros centros comerciales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica.

Por su parte, la Dirección del Trabajo fiscalizará el otorgamiento del feriado legal obligatorio e irrenunciable, y por su incumplimiento podrá entregar sanciones que oscilen entre las 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, entre $178.785 y $3.575.700.

Cabe señalar que este feriado comenzará a regir a más tardar a las 21:00 horas del sábado 3 de septiembre y finalizará a las 06:00 horas del lunes 5 de septiembre.

Quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio como supermercadostiendas ajenas a complejos comerciales con administración única. Podrán trabajar también los dependientes de servicentros o farmacias de urgencia.

En este sentido, las personas que deban trabajar el 4 de septiembre tienen derecho a que los empleadores les otorguen un permiso de al menos dos horas para sufragar. Esto será fiscalizado por la Dirección del Trabajo y las sanciones serán de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales por infracción. Es decir, entre $178.785 y $3.575.700, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

Entonces, ¿qué abrirá el día domingo?

Este jueves el director del trabajo, Pablo Zenteno, explicó que los malls deberán estar cerrados. Los supermercados, farmacias o tiendas sí podrán abrir, a excepción de que las que se encuentren dentro de un mall.

"Es feriado para los centros o complejos comerciales como los malls. Administrados bajo una razón común es feriado y, por tanto, deben cerrar. En ese caso, es muy importante destacar que ese día deben estar cerrados, sino se exponen a sanciones", explicó Zenteno.

Asimismo, agregó que "en el caso de otros comercios como supermercados o tiendas que no están en los mall o en estos centros complejos, efectivamente el día pueden laborar".