La Corte de Apelaciones de Puerto Montt acogió un recurso de protección interpuesto en favor de un niño con autismo de 8 años, ordenando al Colegio San Francisco Javier, institución de la Compañía de Jesús, reincorporar al menor de edad para el año académico 2026.
Vale mencionar que esto comenzó a raíz de que el centro educativo decidió cancelar la matrícula del niño de 8 años.
En específico, el tribunal sostuvo que la medida tomada por el colegio vulneró garantías constitucionales al no implementar previamente los apoyos y ajustes razonables exigidos para estudiantes autistas.
“El recurso se presentó porque el colegio canceló la matrícula de un niño autista, aplicando una sanción que vulneró sus derechos. La Corte de Puerto Montt acogió la acción, dejó sin efecto esa decisión por considerarla ilegal y arbitraria, y ordenó su reincorporación, reafirmando que la neurodivergencia no puede ser motivo de exclusión escolar”, explicó el abogado de la Fundación Apoyo Legal TEA, Ricardo Mak.
Asimismo, el defensor aseveró que la decisión marca “un precedente jurídico clave para la comunidad autista y educativa en general, porque establece de manera sólida que la neurodivergencia no puede castigarse ni usarse como excusa para excluir. Confirma que los colegios deben ajustarse a la Ley TEA y que la convivencia escolar no puede disfrazar prácticas discriminatorias ni vulneraciones de derechos”, señaló.