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¿Cuál es el nuevo monto del Subsidio Familiar?

La cantidad del beneficio se modificó debido al alza del sueldo mínimo que entró en vigencia hace algunos días.

24horas.cl

Lunes 19 de diciembre de 2022

El Subsidio Único Familiar, también conocido como SUF, es un aporte entregado por el Estado destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% de la población nacional socioeconómicamente más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH).

Según el Instituto de Previsión Social (IPS), el trámite para acceder a este beneficio se puede hacer durante todo el año.

Hasta diciembre la ayuda fue de $16.418 por carga familiar, ascendiendo a $32.836 en el caso de las personas con discapacidad. Sin embargo desde el 1 de enero de 2023 comenzó a regir el alza del sueldo mínimo, el cual pasó de $400.000 a $410.000. 

Con este cambio en el salario mínimo también se reajustan varios bonos que entrega el Estado como el SUF; el cual pasará de $16.418 a $16.828. 

¿A quiénes está dirigido?

Hay que distinguir entre los beneficiarios (a quienes se otorga el beneficio) y los causantes (por quienes se otorga)

Por un lado, son beneficiarias aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación, en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

Por otro lado, son causantes de Subsidio Familiar quienes vivan a expensas de la persona beneficiaria que:

  • Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar (la pensión de orfandad no se considera renta para estos efectos). Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos del Estado o reconocidos por este, a menos que fueren personas con discapacidad.
  • Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

¿Cómo y dónde debo hacer el trámite?

  1. Reúne los antecedentes requeridos.
  2. Dirígete a la municipalidad correspondiente a tu domicilio.
  3. Explica el motivo de tu visita: solicitar el Subsidio Familiar (SUF).
  4. Entrega los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrás solicitado el subsidio, cuya respuesta podrá obtener en el mismo municipio donde efectuó el trámite.

¿Cómo veo la fecha en la que lo recibiré?

Si ya eres beneficiario de este subsidio, podrás revisar la fecha de pago haciendo click aquí.