En miras a las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias 2025 del 16 de noviembre, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) aclaró si es que las personas con licencia médica pueden acudir a sufragar o no el día de las votaciones.
Cabe mencionar que los comicios del domingo son de carácter obligatorio y quienes no acudan a las urnas sin una justificación válida recibirán sanciones económicas.
Elecciones 2025: ¿pueden votar quienes tengan licencia médica?
Según comunicó la Suseso, quienes estén con licencia médica la jornada de elecciones, deberán evaluar su condición de salud.
En ese sentido, aclararon que los electores con licencia podrán acudir a votar si es que su estado de salud lo permite y precisaron que sufragar "no se considera incumplir el reposo médico".
En el caso de quienes no puedan asistir a votar, la licencia médica servirá como justificación válida ante el Juzgado de Policía Local.
Cabe mencionar que este criterio rige para "todas las licencias médicas, incluyendo pre y post natal, enfermedad grave de hijo menor de un año, embarazo y licencias del seguro Sanna".
"La persona que está con licencia médica, y tomando en cuenta la prescripción médica y su estado de salud, puede efectivamente cumplir con la votación, siempre en una mirada muy responsable y cuidando no poner en riesgo la recuperación. De esta forma, el asistir a votar no se va a considerar un incumplimiento reposo", aseveró el superintendente (s) de Seguridad Social, Luis Díaz.
Excusas válidas para no votar en las Elecciones 2025
Existen causales específicas que permiten a los ciudadanos eximirse de la sanción económica por no sufragar. En caso de no poder votar, la persona deberá esperar a ser citada por el Juzgado de Policía Local, momento en el cual se debe presentar la documentación que acredite alguna de las excusas para no votar detalladas en la normativa:
- Que te encontrabas fuera del país el 16 de noviembre.
- Certificados o licencias médicas por causa de alguna enfermedad.
- Que te encontrabas a más de 200 km de tu local de votación (en este caso, el día de la elección debes dejar una constancia en Carabineros, y guardar el comprobante).
- Que desempeñabas funciones encomendadas por la ley electoral el día de las elecciones.
- Que cuentas con calificación o certificación de discapacidad.
- Que te encontrabas afecto a cualquier otro impedimento grave que será debidamente ponderado por el juez.
Por lo anterior, es importante que guardes todos los antecedentes que puedan comprobar la situación del elector para el día de la elección.
Multas por no votar en las Elecciones 2025
Quienes no asistan a sufragar el 16 de noviembre, serán sancionados con una multa cuyo valor oscila entre los 0,5 y 1,5 UTM.
Es importante destacar que esta sanción no aplica para los extranjeros ni para los chilenos residentes en el exterior que se encuentren habilitados para participar en el proceso eleccionario.