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Ezio Costa por derechos de la naturaleza: "Es limitar las actividades de manera que no destruyamos los ciclos"

En 24 Debates, el abogado y profesor de la Universidad de Chile además, sostuvo sobre la Defensoría de la Naturaleza en la propuesta, que "es llenar un vacío que ha existido de quién defiende a la ciudadanía cuando exista una afectación ambiental, hoy el Estado no tienen ningún servicio que lo haga".

24horas.cl

Miércoles 10 de agosto de 2022

Durante la jornada de este lunes se llevó a cabo el octavo 24 Debates por Canal 24 Horas y TVN en camino al Plebiscito el próximo 4 de septiembre en donde se comentó, en esta instancia, naturaleza y medio ambiente en la propuesta de nueva Constitución. 

En la instancia debatió Ezio Costa por el Apruebo, abogado medioambientalista y Javier Naranjo, abogado, exministro de Medio Ambiente por el Rechazo.

¿Qué significa que sea una propuesta ecológica?

En el artículo 127 de la propuesta constitucional, se apunta a que "la naturaleza tiene derechos. El Estado y la sociedad tienen el deber de protegerlos y respetarlos" y en el inciso 2 define que "el Estado debe adoptar una administración ecológicamente responsable y promover la educación ambiental y científica mediante procesos de formación y aprendizaje permanentes".

Ezio Costa afirmó que lo que significa ese concepto es que "dentro de la Constitución podemos encontrar una serie de normas que tienen una lógica que nos permite regular la relación que tenemos con la naturaleza, donde la protejamos por su valor y para generarnos bienestar a quienes vivimos en Chile y para dejarle en el futuro una naturaleza bien cuidada donde ellos y ellas pueda en encontrar su bienestar".

Los cambios en el cuidado de la naturaleza y medio ambiente

El profesor de la Universidad de Chile, agregó que "lo que esta nueva Constitución intenta en materia ambiental y define a Chile como un estado ecológico  es que la manera en la cual realizamos nuestras actividades se avenga con las estructuras naturales existentes, o sea, que no las destruyamos, precisamente porque las requerimos para satisfacer necesidades y para que en el futuro también puedan hacer lo mismo, esa es la base del desarrollo sostenible (...) desde un punto de vista de protección y uso", aclaró Ezio.

En cuanto a lo que plantea la propuesta sobre los derechos de la naturaleza: "el derecho a existir y el derecho a que se si daña se restaure o se regenere, lo que hacen esos dos derechos es limitar las actividades de manera que no destruyamos los ciclos, procesos y estructurales esenciales de la naturaleza".

Asimismo, detalló que "no prohíbe ninguna actividad, sino que dice que si va a realizar una actividad la puede hacer pero sin comprometer el futuro del espacio donde usted va a generar esa actividad". Por ello además comentó que "esa manera de proteger a la naturaleza ya está en el mundo en 30 países y que tiene una construcción interna que sirve en un momento en el cual tenemos que sortear una crisis climática y ecológica".

En cuanto a una contraposición del desarrollo económico, el abogado Costa también agregó que sí se puede desarrollar actividad económica "y eso es lo que se quiere que se haga, las actividades buscan satisfacer las necesidades de las personas y eso hay que hacerlo, pero hay que hacerlo de manera que se respete la naturaleza".

Su contraparte, el abogado y exministro Javier Naranjo, se refirió a los proyectos con los que "basta una sola persona para oponerse y que de esa manera no lleves adelante tu proyecto y eso no significa que sea contra el desarrollo sostenible, sino que pone trabas burocráticas" y a la consulta de pueblos indígenas y sus tierras.

Ante esto, Costa respondió: "respecto de la defensoría de la naturaleza lo queviene a hacer es llenar un vacío que ha existido de quién defiende a la ciudadanía cuando exista una afectación ambiental, hoy el Estado no tienen ningún servicio que lo haga".

Defensoría de la Naturaleza

En el artículo 148, se apunta que la Defensoría de la Naturaleza será "un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Defensoría de la Naturaleza, tendrá como función la promoción y protección de los derechos de la naturaleza y de los derechos ambientales asegurados en esta Constitución, en los tratados internacionales ambientales ratificados y vigentes en Chile, frente los actos u omisiones de los órganos de la Administración del Estado y de entidades privadas".

Y que "se desconcentrará en defensorías regionales. La ley determinará las atribuciones, la organización, el funcionamiento y los procedimientos de la Defensoría de la Naturaleza".

Bajo esa línea, Ezio Costa, añadió que "le pone una capa adicional de protección a las personas y, por lo tanto, un incentivo a que la institucionalidad resuelva de mejor manera (...) la Defensoría de la Naturaleza es un organismo profundamente ciudadano, lo que hace es fiscalizar al poder, público y privado, me parece muy razonable y positivo que exista una fiscalización ciudadana y eso es lo que hace la Defensoría de la Naturaleza".

Ezio Costa, a su vez, debatió en cuanto al artículo 191 que declara que "los pueblos y naciones indígenas deberán ser consultados y otorgarán el consentimiento libre, previo e informado en aquellas materias o asuntos que les afecten en sus derechos reconocidos en esta Constitución".

"Lo que pasa con las normas constitucionales es que tienen un rango de interpretaciones posibles (...) generar artificialmente sobre una posible interpretación es una posibilidad retórica pero no es real, uno podría tomar al alza una norma de la Constitución del 80 e interpretar pero eso no pasa", aclaró Ezio Costa.

"Los animales son sujetos de especial protección"

En el artículo 131 de la propuesta se especifíca que, "los animales son sujetos de especial protección. El Estado los protegerá, reconociendo su sintiencia y el derecho a vivir una vida libre de maltrato".

Ezio Costa, abogado, declaró que en la práctica esto significa que "el derecho a una vida libre de maltrato es muy similar a lo que tenemos hoy en día en la ley de protección animal (...) yo creo que va a significar subir los estándares en la industria ganadera y en otras industrias que utilizan animales".

Bienes comunes naturales

El artículo 134 de la propuesta afirma que "los bienes comunes naturales son elementos o componentes de la naturaleza sobre los cuales el Estado tiene un deber especial de custodia con el fin de asegurar los derechos de la naturaleza y el interés de las generaciones presentes y futuras".

Asimismo ejemplifica como bienes naturales: mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos; el subsuelo y los demás que declaren la Constitución y la ley.

Bajo estos bienes naturales mencionados y el desarrollo de diversos proyectos a lo largo de Chile, Ezio Costa, argumentó que "es importante entender que esos bienes son de todos y de los que vienen".

"Tienen una gran potencia de algo que es lo que busca esta Constitución, que es generar una vivencia común de lo que es Chile, generar una unidad (...) la división la tenemos hoy (...) la Constitución del 80 despreció la democracia, la nueva nos trae devuelta la democracia".

Propuesta Constitucional: autorizaciones a utilizar el agua

Ezio Costa comentó que "está bien resuelto en el sentido de eliminar la noción de los derechos y la propiedad de esos derechos y generar autorizaciones de uso y requiere de una ley que diga las especifidades de esos usos, para los agricultores que tienen derecho de agua, el 5 de septiembre si se aprueba, van a tener los mismos litros de agua que tenían el 3 o 4 el de septiembre" 

Asimismo agregó que "van a tener la posibilidad de cambiar la titularidad de esa autorización de uso (...) esos derechos de agua no se pierden, siguen existiendo pero con el nombre de autorización de uso y a la espera de una nueva regulación".

Revisa lo que dijo el panelista Javier Naranjo